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SO
HTS'rORTA
~CLE.STASTTCA.
~i~lo de~
y
todJs las ·
Ordenes
religiosas se some..
XV
li.
tiéron
igua
lm~n'.e
á
la de6nicion del
Sobe–
rano
Pontífice de
suette,
que
se puede deci r
que no
hay
Bula, que
haya
sido
acepta.dacon
m~s
solemnidad
y
uniformidad.
Sin embargo los que ha bian
tomado
con
tanto zelo la
defen~a
del Obispo de
Ipres
y
de su libro ,
publicár~n
muchos
escritos,
cuyo
fin ·era
prob:.1r
que
las
citico
propo–
siciones habian
sido
j
ustament~
condenadas
por el
Decreto de Inocencia
X.
en
su
s~nti•
do propio
y
literal, el qual verdaderamente es
condenable ,
pero que el Papa
no
habia
pre–
tendido
censurarlas
segun
el
sentido
que tie–
nen
con(ortne
á
los principios
establecidos
en
el
Augustinus.
Esto
era renovar
la~
con..
testaciones
baxo
un.1
forma
diferente ,
y
vol
ver
á
poner
las cosas
en el
rnisnto estado
en
que
estaban
ánte~
de
la
dccision.
Consideran–
do
los
Obispos
que
estaban en París ,
que
esta
nueva
maner~
de
presentar
la
qtiestion
era
propia
para pé·rpetuar
las
disensiones
que
se
habían
esforzado
á
apacigu~r,
juzgáron
á
prop6sito
el
juntarse
para
indagar
]os me•
dios de atraer
los espíritus
á
la
un_iformi–
dad.
ExB.mináron.
todas las
inte-rpretaciones
que
~e
ha
bian
dado ha
Cita
entónce~
á
las pro•
po~icione~ condenada~,
y
vrri6cáron
todos
]o<;
textos del
Aguitlno
citados por
Jos unos
p ~ rJ
n1ostrar que
eran
en efecto
condena·
b les