Se ofrece al público la
Dis~rtacion
que sobre el derecho ex-.
eLusivo del Sumo Pontífice en la confirmacion de los Obispos
escribió el sabio y profundo canonista el Emmo. y Excmo. Señor
D. Pedro lnguanzo y Rivero, Obispo que fue de Z amora, Ar–
zobispo de la santa Primada 1glesia de Toledo, y Cardenal de
la santa Iglesia romana.
Ha sido tan doloroso leer en algunos periódicos la invita–
cion que se hace al Gobierno para que tome medidas eficaces
á
fin de que sean ocupadas las sillas episcopales vacantes por los
Obispos electos, siendo éstos confirmados por los Metropolitanos,
que ha parecido conveniente
y
necesario dar publicidad á la ci–
tada Disertacion para fijar y poner en claro la doctrina de la
Iglesia católica,
y
evitar los funestos resultados qu e de la con–
traria se seguirían.
No se ha limitado
á
periódicos la manifestacion del deseo de
·que los Obispos electos sean confirmados por los Metropolitanos;
la Academia de San Isidoro anunció una sesion, en la que se pro–
ponía defender el derecho que para ello les compete. No sabe–
mos que haya publicado la Disertacion leida en la sesion que
tuvo para tratar este punto interesante; pero el extr'acto de la
sesion misma que hizo un periódico, ofrece la idea mas triste de
las que animaban á los Académicos. La infraccion del derecho
que reside exclusivamente en el romano Pontífice para la con–
firmacion de los Obispos se graduó en la Academia de tan pe–
queña trascendencia, que solamente se asustarían Jos necios en
el caso de realizarse.
Tambien ha querido combatirse el mismo derecho del Sumo
Pontífice en un folleto, en el que· su Autor, pasando muy ligera–
mente por el punto de doctrina que quiere impugnar, asegura
para la resolucion de este y de otros puntos de la misma natu-