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, venida en carne mortal, como el
M~trimonio
y
la Penitencia.
, Pero
confirmó
y
perfeccionó, estos dos Sacramentos en la ley
,
Evangelica, cuando predicó la Penitencia,
y
asistió
á
las bodas.. ,
»
Es pues manifiesto, que
la institucion divina
es la causa eficiente
, de los Sacramentos; la santificacion de la gracia la causa formal;
, y
la curacion de la enfermedad humana la causa final: - La
»
confesion sacramental, que es parte de la
Penitencia~
justamente
»
se describe por su materia que es el pecado; por el acto que es la
»
manifestacion;
y
por el fin que es la esperanza del perdon. La
, coi1fesion es de dos maneras, una mental, que se hace
á
Dios,
y
, esta es de
derecho natural.
Otra es vocal, que se hace al hombre,
»
y
esta despues que Dios se hizo hombre,
DEBE HACERSE
al hombre
»
constituido ministro de Cristo. Pues cuando Jesucristo dió
á
los
»
ministros de los Sacramentos la potestad de atar
y
absolver, ín–
• sinuó que la Confesion
debia hacerse
á
ellos como jueces. Luego
»
Cristo instituyó la Confesion tacitamente,
y
los Apostoles la pro–
»
mulgaron expresamente.
Sic ergo Christus instituit confessionem
J>
tacue, sed Apostoli promulgaverunt eam expresse, etc.
(
i).
»
¿Ignoraría tambien el Sr. De Sanctis, que los Padres
y
Doctores
del Concilio ecumenico de Florencia abrieron
y
consultaron estas
obras de San Buenaventura
para definir el dogma del Sacramento
de
l~Penitencia
y confesion?
Con respecto al Dr. sútil Escoto, nuestro adversario tambien
palpa tinieblas, ó emplea el arma de mala fe. Nosotros le presen–
taremos fielmente traducidas
su~
textuales palabras, las mas prin–
cipales, omitiendo otras de su largo discurso en que prueba el
precepto divino
de la confesion sacramental al Sacerdote. Despues
que el Doctor Mariano ha citado el texto del Evangelio de San
Juan (c. 20):
Recibid el Espiritu Santo: los pecados seran perdo–
nados
á
aquellos
á
quienes se los perdonáreis;
prosigue así:
«
Aquí se
(:l)
Compend. theolog. verit.,
lib. VI
de Sacram.,
cap. m et xxv,
tOQl.
VII, edit.
Lugdun.