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EDICTOS.

á los Fieles, que estuviessen en articulo de muerte, alome–

nos contritos, si no se pudiessen Confessar, la subdelega en

todos los Curas,

y

sus 'l'henientes de esta Ciudad,

y

en los

dem;ís dichos Curas,

y

'fhenientes Seculares,

y

Regulares

de este Arzobispado,

y

tambien en los Prelados Locales de

todas la.s Religiones de esta Diocesis,

y

en los Capellanes

de Monjas por lo respectivo á ellas,

y

demás, que viven en

la Clausura: Todos los quales ocurHrán á

la

Secretaria de

Su S. Illma. para que se les dé vn tanto de la forma, que

deben observar,

y

practicar en esta Absolucion, segun la

Concession de Nro. Smo. P. Benedicto XIV. por su Bula–

Pie~

'Mate1·,

dada en Roma á cinco de Abril de mil setecien–

tos quarenta'y siete, cuyo indulto es perpetuo.

Item: por dicha Bula de Privilegios concede Su S. Illma.

Indulgencia Plenaria á todos los Fieles contritos, que

Confessasen,

y

Comulgassen en los tres dias, que se seña–

lan; conviene á saber, el Primero de cada año, los de la

Purificaciou,

y

Concepcion de Nra. Sra.

y

esto dura hasta

el año de cinquenta y ocho inclusive.

Assi mismo por dichos Privilegios se concede Indulgen–

cia Plenaria, hasta diche año de cinquenta.

y

ocho, en la

oracion, que llaman de quarenta horas, tres vezes al año,

en esta Ciudad,

y

su Arzobispado á todos los Fieles con–

tritos, Confessados,

y

Comulgados, para lo que se señalan

por Su. S. Illma. El primer Domingo de Quaresma,

y

dos

dias immediatos siguientes; los tres de Pasqua de Espíritu

Santo, y la primera Dominica de Adviento,

y

dos dias sub–

sequentes; y assi est.a, como la antecedente Indulgencia se

puede ganar en qualquiera Iglesia de esta Ciudad, y su

Arzobispado.

Item: por la Bula de Nro. Smo. P. Benedicto XIV. que

empieza

Apostol·ica cum Chm·itate,

dada en Roma á once

de Septiembr e del año pasado de mil setecientos quarenta,

. y

cinco, el Jubileo, que por espacio de dos Semanas con–

cedió Su Santidad por aquel año á toda la Italia, en que

se erogaron todas la.s Gracias, é Indulgencias, que se ga–

nan en el año Santo, á pedimeento ele Nro. Catholico Mo–

narca D. Phelipe

V.

(que de Dios goze) lo estenclió Su

i':ianticlacl á todos los Reynos de España,

y

sus Adyacentes,

mandando, se diesse noticia á todos los Prelados, para que

lo hicief'sen publicar en sus Diocesis, luego que llegasse á

su noticia. Y en esta conformidad Su S. Illma. deseando,

que sus subdi tos, gozen de tan gran 'l'hesoro, y teniendo