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EDICTOS.

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consideracion á los dias veinte, y veinte y ocho de Octu·

bre, tan notables en esta Capital por los grandes 1'erremo–

tos, que en ellos han acontecido, y que por esta causa se

dispondrán los Fieles con mayor fervor, y devocion á o·a–

nar tan grandes Indulgencias, señala la tercera, y

qua~ta

semana en dicho mes de Octubre, que· empiezan

á

correr

desde el dia diez y siete, basta el treinta y vno de dicho mes.

Y

para ganar dicho Jubileo se señalan la Capilla Inte–

rina, que sirve de Cathedral, la Iglesia de Santo Domin–

go, la de S. Francisco, y la de S. Pablo de la Compañia

de Jesus.

Las circustancias, que se ha.n de observUJr son las si–

guientes: Que todos los Fieles de ambos sexos hayan de

ayunar el Miarcoles, Viernes, y Sabado de Yna

ge

dichas

SeQJa.nas, y hayan de Confessarse, y en la propria Domini–

ca,

ú

otro qualquier dia de la propria Semana hayan de

Comulgar, y dar alguna limosna á los Pobres, y visitar

assi mismo dentro de dichas Semanas á lo menos vna vez,

sino todas, vna de dichas Iglesias, en donde por algun es–

pacio de tiempo

haga~j.oradon,

y

rueguen á Dios; por lo

que obtendrán plenissima Indulgencia, y remission de to–

dos sus

pecado~,

como el año Santo, visitando las Iglesias

de fuera,

y

dentro de Roma.

Y

se advierte, que Jos Cami–

nantes, y Navegantes, que se hallassen ausentes en este

tiempo, podrán ganar el Jubileo, luego que se restituyan,

con solo visitar immediatamente la Iglesia Parroquial

ele

su Domicilio, y hacer las diligencias referidas de Confes–

srur, Comulgar, Orar,

y

dár limosna.

A los impedidos, como encarcelados, enfermos, assi Ec-·

clesiasticos, como Seculares, Religiosos, y Religio as, se:

les puede commutar por los Confessores aprobados estos

actos en otros pios, que commodamente puedan hacer,

y

todos los dichos Confessores tienen la facultad de Absol–

ver de todos los pecados, y crímenes reservados

;í,

los Or–

dinarios,

y

la Sede Apostolica, dentro,

y

fuera de la Bu–

la de la Cena, para efecto de ganar este Jubileo.

Y

para

que llegue á noticia de todos mandó Su S. !Ilma. se lea,

publique, y :fixe en todas las Iglesias Parrochiales.

y

Re–

gulares de esta Ciudad, y se remita á todos los Curas del

Arzobispado, para que del mismo modo los hagan publicar

en sus Doctrinas, señalando las dos Semanas. Iglesia, 6

Iglesias, que les pareciere, pues para todo ello se les dá

{l')r Su S. !Ilma.. la facultad necessaria.-Que ·es fecho en