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rar la considerncion en la naturaleza de los obj etos
sobre que recae la autoridad pontificia. Cuando el ·
' papa, por ejempio, ejerce en su diócesis una jurisdic–
cion inmediata, obra corno obispo: cuando juzga
á
un obispo en primera instancia, obra como metropo–
litano: cuando le juzga por apelacion,
ó
juzga
ú
or–
dena á un metropolitano,
y
cuando reune el concilio
de muchas provincias, entonces obra como patriarca.
Pero cuando preside el concilio ecuménico; cuando
propone en la igl esia la doctrina de la antigüedad tan–
to sobre verd ades de la fé, corno sobre máximas de
costumbres
y
sobre reglas de . La disciplina general;
cuando advierte, exhorta
y
obliga
á
los obispus, me–
tropolitanos
y
·patriarcas
á
ll enar sus deberes, ejecutar
los cánones
y
rnantener el buen órden del gobierno
eclesiástico, entóoees el papa obra como
pr~mado
y
ca–
beza de la lglesia universal.
La
naturaleza misma de.
la accion demuestra suficie111temente e'Ucarácter que
rep resenta el papa, sin necesidad de advertencia ex–
presa, toda vez que se tenga idea exacta de los obj"etos
diversos de las respectivas jurisdicciones que reune.'
§.
xx..
En efecto, desli.ndadas estas
y
marcados sus
dife~
rentes grados segun acabo de hace-do, es fácil com–
prender como
y
hasta qMé punto•pueden ser ejerci–
das por las congregaciones romanas. Cuando se tra–
ta de derecho
y
autoridad, clararn·ente se vé que ellas
no pueden formar sino un solo objeto c0n el papa,
careciendo como carece.n de títu,I<!J que las autorice,
segun las antiguas reglas de la iglesia, el plan- de
su gobierno,
y
la disciplina general establecida por
l0s cánones. Hemos vist0 de
q.ué· manera puede el
papa emplearlas en el g0bierno
des~>.~
diócesis, con–
siderad<;> como obispo de una iglesia patticular. En
las funewnes de metropc;¡lüano
y
de
patrian~a,_ en
que
no puede obrar por sí solo, tampoco lo po-dr.á con