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co1no patrono de la Iglesia arg·eritina, deben · tener,
un carácter esencialmente laico.
306.-0oncluireinos manifestando que durante
la suspension de las subvenciones de los semina–
rios, los
obispo~
han procurado
so~tenerlos
apelan–
do á diferentes recursos.
El arzobispo de la diócesis de Buenos Aires ha
decretado que los funcionarios eclesiásticos con–
tribuiran al sostenimiento del se1ninario de esta
ciudad, en la siguiente proporcion: El arzobis–
po, miembros del cabildo metropolitano y benefi–
ciados del mismo, con la vigésin1a parte de sus
respectivos sueldos.
Los clérigos, cabildo metro–
politano, órdenes religiosas,
congreg·acione~,
her–
lnandades
y
cofradías, con
la vigésima parte de la
renta que perciben. Se dedicará á igual objeto la vi–
gésilna parte de las penitencias pecunarias en las
dispensas de impedimentos y publicaciones de pro–
Glamas, lo 1nisn1o q11e la de la renta de los vicarios
ó notarios rurales
y
la de los párrocos. Las igle–
sias
y
ca pillas contribuirán, de su renta de fábrica,
con un peso fuerte al mes.
Esta fotn1a de dotar los se1ninarios no es nueva.
Segun cédula de
1
°
de
J
urlio de
1799,
los preben–
dados, curas, clérigos, religiosos doctrineros
y
cofra–
dias, deben pagar el tres por ciento en dinero efec–
tivo, para los coleglos semjnarios. Y tal pension
debe abonarse aun en
los lugares en que no esté