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co1no patrono de la Iglesia arg·eritina, deben · tener,

un carácter esencialmente laico.

306.-0oncluireinos manifestando que durante

la suspension de las subvenciones de los semina–

rios, los

obispo~

han procurado

so~tenerlos

apelan–

do á diferentes recursos.

El arzobispo de la diócesis de Buenos Aires ha

decretado que los funcionarios eclesiásticos con–

tribuiran al sostenimiento del se1ninario de esta

ciudad, en la siguiente proporcion: El arzobis–

po, miembros del cabildo metropolitano y benefi–

ciados del mismo, con la vigésin1a parte de sus

respectivos sueldos.

Los clérigos, cabildo metro–

politano, órdenes religiosas,

congreg·acione~,

her–

lnandades

y

cofradías, con

la vigésima parte de la

renta que perciben. Se dedicará á igual objeto la vi–

gésilna parte de las penitencias pecunarias en las

dispensas de impedimentos y publicaciones de pro–

Glamas, lo 1nisn1o q11e la de la renta de los vicarios

ó notarios rurales

y

la de los párrocos. Las igle–

sias

y

ca pillas contribuirán, de su renta de fábrica,

con un peso fuerte al mes.

Esta fotn1a de dotar los se1ninarios no es nueva.

Segun cédula de

1

°

de

J

urlio de

1799,

los preben–

dados, curas, clérigos, religiosos doctrineros

y

cofra–

dias, deben pagar el tres por ciento en dinero efec–

tivo, para los coleglos semjnarios. Y tal pension

debe abonarse aun en

los lugares en que no esté