

EsTERlLIZAClONES FORZADAS EN EL
PERU:
LA
LUCHA PARA
LA JVSTlClA.••
En este sentiJo, en el 2004 la Fiscalfa de la Naci6n remiti6 el
acuerdo de solucion amistosa suscrito por el Peru a la Fiscalfa Provincial
de Derechos Humanos, que dispuso su acumulaci6n a la ya mencionada
investigaci6n N.
0
18-2002, en la que
el
numero de mujcres fallecidas
se elev6 a dieciocho.
El 26 de mayo de 2009,
el
Ministerio Publico resolvi6 archivar
la investigaci6n N.
0
18-2002 y sefial6 que los hechos denunciados no
configuran delito de genocidio ni tortura y quc las delitos enmarcados
en
cl
C6digo Penal
nose habrfan configurado o estarfan prescritos.
Ante esta resoluci6n tanto la Procuradurfa del Ministerio
de
J
usticia, coma las organizaciones no gubcrnamentales DEMUS c
lnstituto de Defensa Legal (IDL), presentaron tres recursos en los que
argumcntaron que las esterilizaciones cometidas en el contexto del
Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificaci<.Sn Familiar
fueron una polftica de Estado y, por lo tanto, se calificarfan de crimen
de lesa humanidad.
El 11 de diciembre de 2009, la Primera Fiscalfa Superior
Anticorrupci6n resolvi6 coma el Ministerio Publico, declarando
infundados las recursos de quejas presentados. El 11 de junio de
2010, DEMUS present6 una nucva petici6n ante la CIDI; para que
las vfctimas, entre otras, de esterilizaciones forzadas, tengan acceso a
justicia y reparaci6n. El caso se cncuentra en tramite ante la CIDH.
Mientras tan to, en el Peru, mediante la resoluci6n N.
0
2073..2011-MP-FN del 21 de octubre de 2011, el Ministerio Publico
resolvi6 la reapertura de las investigaciones que podrfan culminar en
una nueva denuncia.
Finalmente, el 24 de noviembre de 2012, la Fiscalfa
Supraprovincial Penal de Lima decidi6 rcabrir las investigaciones en el
caso
Mestanza Chavez
bajo el rubro de «delito de lesa hmnanidad» y no
cmno delito comun. La decisi6n de la Fiscalfa de rcabrir la investigacion
ha sido seguramentc influenciada par la presi6n ejercida por parte de la
CIDH en el marco del arriba tnencionado proceso de supervisi6n del
acuerdo de soluci6n amistosa del caso. En este sentido, cabe scfialar que
el 12 de julio de 2012 la CIDH expres6 formalmente su preocupaci6n
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