-7-
bián
prob1J.doni remottt.men
te ·sus
clerechos, porque
110
pndo darles el título de primas
á
las que no lo
hn.biat1
probado en
juicio, como
consta de autos.
Ho.y
mn.s,
á
foj.
20
del
mismo
cuaderno eueontrará
el Ihtst.rísimo
'fribu.mdde Justicia otro aconteci–
miento muy importante, el
mismo
que da bastante
luz ni
¡muto
mencionado. Eu este
esc1·ito
tle foj. 20,
c1eclarn.
la
Mtiría
Bal'l'oto mencionada en
la
vista
fis–
cal,
como
testigo de las supuestas
pri.ma.s
qtte obtu..
vieron
la posesion ele los
bien.esdada por la. Real
Audiencia, en
14.
de }.,ebrei·o de
1817,
la misma que
segun los fumlamentos de la vista ex.pedida por el
ministerio fiscal, continuó en la posesion bastn. l84S,
omitieudo
clech'
el Sr. Fisenl, que esta que continuó
la
posesion
desde 1817
~
hasta
1848 y
que cleclaró eu
1813
segun constn.
<.lel es-,rito de
foj .
20, en favor
ele
fa.
Anjeln.
y
fa
Peliciaua, sin declarar parentesco ele
ninguna. especie, fué
l~t
misma. que prosiguió en la
posesion referida lutsta. 1856, époon eu que ésta. refe–
rida.
naneto,
n:mlió
los bienes pertenecientes
á
J.a.
testamentaria
y
los nlistuos que se gravi'irou con fian–
za por
la.
Ueul Amliencia en 1817,
~í
/Ni.:J11uw
Jwy
i·epreseubtnte de D. 1\fauuel G.u-cia. Lo expues–
to
consta de nutos
y
U. S. I. puede couveucerse to–
mando el
cua.cforuo
letra
A,
el cun<leruo 1.
0
y 2.
0
de
los autos antiguos
y el
seguido por
la sefiont.
D.ª
l\Iercedes Pnez,
c.mtnt
la nuuu:ioumla
1Jlarfo
./Jarreto
y encontrar;\
la
suficiente luz
ptU«L
expedir
su
fo.Uojusticiero.
Al i·epotirle al Ilustrísimo 'fribnn1tl el nombre de
fa,
sm1oro. D.
11
Ma.rín. Bttneto es porque de esta
des–
prende la.
centraria
sus derechos, ntzon porque en el
<nuso
de
la presente relacion lo
encontmráu
mudms