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el
nombre
ilustre de
loS; mnjist1·aJlos,
q\1e lmn hacho
estricta justicia en nombre de la
Jey.
Tres señ.oras
nomlna
el señor .:D.,iscal, en
In
vista
que U. S• .I .. tiene en $Utos.
püt'O
vuelvo
:í
r~11etir
que
efltre
e1Jft1s
tres uñoras
11ay
un
g1·an
campo desenhiel'–
to, para :qne el Ilusbe
Tribunal penetre
poi'
él, J
una vez
d entro, quedará sorprenclido
de
1o
q.ueSi
lll'i–
me1·a Yista
ap:.nece,
y
es
lo
siguiente: en 19 de .No–
Yiem
bre
ele
1813,
se
d.ió1msesion
segun
la
vista
fiscal
á
las supuestas p1·imas, sin mns documentos que so–
lo
el de foj. 6 ¿y dónde se
encuentr~l.
el documento
ó
sea
la partida <le la A.njeln
l'Om
bnula
Came1·0? estoy
seguro
que
no la
encontmrá
en
ninguno
de Jos autos
el Ilustrísimo Tribunal porque
no ha
existido nut).ct\
¡,:Y
por qfié,
Ilustrísimo
Se1ior, no consta.
en
m~tos
la
referida
partid:ule
la
.Jnjelu,
Ow1ero
!
porque s n
nom–
b1·e
es
otw corno
lo
pmbaré op01·tmrnmente. Antes
de entrar de lleno en el
fondo
de la coestion, adver–
tiré
á
U. S.
l.
en donde
se
encuentra e1
punt,o
des–
Cll
hierto por donde dehe entrar U. S. I.
para.
cono–
cer las faltas
mencionadas.
Como
tengo
referido
y
que t.ambien
consta
de
au–
tos, que de las dos supuest,as primns no
bay
mas que
l~_n
solo documento
que justifique
fo,
persoueria ele
In
María Feliciana, In única que se
encuentrn
en autos
cuyo doeumento es el que obra
á
foj.
6 del primer
cuaderno,
y
no eucoulrarse en autos
la
f)Ue
debia
justificm·
la personeria
de
la Anjela
titulada Caine.
i·o,
luego
la
!leal
Ancliencia
al
expedir
el
auto
pose–
sorio del 19 de Noviembre de 1813
y
confirmado en
14
de Febrero de
1817,
cometió
una
i1!lim·cfon
de
tq¡
porque
daba
posesiou de cuantiosos bienes aunque
gra Dados cou.
.fi<uua ~
á
personas que en juicio no ha-