I
f
.~e
ordina.officia. -fuón'eJ.14;
tresblancas,
á .
los
álcaldes ,
y
al
merino,
-.nablan<i:a, al
cefotero
d-iez maranedis.,
los
qúalés
dkhos
derechos
anG
como de
fufo cfran repartidos
y
aplicados,Ueué
y
ayan,y
no
pgeda11
lleuar ni a~t
otros
al
gunos
por
ninguna caufa· ni razon
que
faa,
y
que
guarden
y
cumplaq
cada
vno
en
Cu
oficíoy cargo,
lo que conforme
a _
las
leyes
y
ordenan~as de
las cafas
de
la
moneda
efta·
ordenado
y
cftablecido
·fo
fas.
penas
en ellas
contenidas.
Y
otrQfi
matidamos,que_po.r agora
1
y
por
el
tie1n
P.º
que fuere nueíl:ra
voluntad,
dernas
él
e los dichos fefenta
mara\1edis
de
dere~
t:
hos.delos
·obr<!ros
y
ofudales ,
Ce
pague
a
nos
vn
real de cada
marco,por
el
dere–
cho dé
feñor~je,
y
mo11eda1e,
y
que en
la
cobran~á y-'retaudo
de
lo
qtte dd
di–
cbo
det
echo
procediere,
fe
guarde la
foc
n1a
y
orden que en
el
derecho del
moneft
daje
del
oro
y
plata que fe
labra,
tene-–
ffiós
mand~do
y
ordenado.
.~
·
:.
~
OtroG.,mandamos,que
1ra,dkha mone
da de
vdlon
fe·labre
de
la eftampá rtue–
ua cuño
y
armas
qu~ a
lasdkhascafas
de
la moneda em.biamos, conuiene afaber,
·que las dichas piefa~ de quartillos
ha
de
'
tener de la vna parte vn
caíl:iI-lo,
y
de
la.
otra vn leon
~
mecidos
el .dicho cafbllo
y
leo'n 'ca-da
vho en
ru
efcudo
con corona
tncima,
y
a la r.edonda la letra
de
nueí–
tro
nombre,y
}os quarl!oS
tenga
l1óS .mif–
n10s
caílil!Q,
v
leon,
con la
orla a
la
reden
I
da en
lugar
d~l
efcudo.,
y
en
las
de
a dos
m,arauedis
!i[i)
orla,y
fin efcudo a la
redó
da,
pára
que las
dichas
monedas
fo
dife–
rencien en todo.
· OtroG,por
qÚanto de la dicha
mobe–
dnde
vellon,
no
conuiene que fe
labre
mas ca,nddad de
aquella que fuere
ne~
ceífario para
el
comun vf?
y
cornerc~o:
mandamos,
que
nofe
pueda.labrar
ni
lá.–
breladicha
moneda,fin
nueíl:racfpecial
[
lcen.ci~,
y
en
la
cantidad qué
p.9r
ªº!
fer
a.
ioín:edido
y
triandadd ,
para
que
fe–
gun la
n'ecefs¡dad,
y
lo
que
pareciere
Íer
eonliéd~cnce
para
el
d icho
vfo
y
comer.:.
cio
f¿
la~re,y
nq
en
otia
rnanera,lo
4ual.
fe guarde
y
cumpla
:!Illl,
fo
las
penas
en
.qae ,aen e
in.curren
los que labran mo–
neda
fin
nueíl:ra
licencia.
Ocrofi
en
quantbtoca
a la
moneda
de
y.ellon,qt:1e
hafta aqüí fe ha
_labrado,y
de
prcfentccorre
ei1
eftós
ilueCrros ~eynos:
mandamos;que de aquella no fe I..bre ni
pue·da
labrat mas de
aquí
a.delante:pero
que la
que dl:a
labrada por el daño
q
los
cloeñ.9s,y
las perfonas que
la·
tienen
pq–
diarl rec;ehir ·,
val~a
y
córra,
y
fe
aya
d
1
e
r5iceb_ír
y
reciba,fegú
y
~orno
y
en e! pre
cio
que
hafta aquí ha
valido
y
fe ha rece~
bido.
_
~
~
.Ocroli,
porque de
fuasde
ladicha
tht>
·neda
de
vell9n
que
Ele
nuet.iomanda~
mos labrar
j
fegu n qi.1e de
fu(o
eíl:a orde-–
niiclo,
coiüiiene
para
el
dicho
vfo
y
to~
mertio
que
áya
moneda
trias
menuda
de
blácas,
co~o h~fla
aquí
1~ ha
auido
y
ay:
y
r,orque aqu~lla no
fe
podria bue–
namente
labrar
a·
1a
ley
y
forma
que
la
,.
otra moneda de
vel101i,
1nand:2n:1os
que
fe
labre
la
d·icha
moneda
de blarlcas,qtie
dos valgan
vn ~1arauedien
eíl:a
forma,q
tengan
de ley
q uatrb granos
de
plata
fi:;
na;
y
del
filarco
fe
haga
dbziétas
y ,
1
eyh...
té
pie~as ,
con
que
fe
pérmitan
feys
pié-=
~a,s de
falca
5
poco
in.iso menos
en
cadá
1narco,po-r fer
tatas
en 11 ~linero,
y ta
ilie
nuda
moneda,
de
la
·q~rnl
di~ha
moneda
de blancas
mandátemos
labrar Ja parte
que
paretie
e
neceíforia para
d,
dichd
comun
v[o
y
trato,Üerhpre
que
fe
l ~bra~
· fe,o die remos
licehéiá
d_e labrar
1a
dicha
otra
mon~da d~
vellon:
dernaher.i
q
jun~
,
ta
mente
con
ag_uella
fe
labre11
algunos
marcos deíl:a de
.blahéas,la
qual
ahG
1hef
roo
tio
fe
pueda
labrar
ni
labre
fin la
di–
chá
nadha licencia
y
orden
i
tdíno
de
--
·
~
fufa