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'242

ves

no

la

concedieron :

y

fe

fatisface con que

las

fon

ma~

excef..

J

fivos los dere–

dichas Leyes

fe

hicieron para eftos Rey nos

,

donde

chos de lo que

-todo es mas barato, y que fi fuera cierca la infe-

mandan

la~ le~

rcn_cia que hacia el Fifcal, dlando prevenido

fe

yes~

aplique un real de cada marco para los

dcrechos~ó_

del Braceage, no

fe

permitiera el aumento de rres

-:::...._~

reales

en

aquel Reyno, fin oponerfe eíl:a jufla

am-

pliacion

a

las antiguas Leyes

,

folo por la diferen-

.cia , y confritucion de cada Lugar, y Region : con

que concurriendo la mifma identidad de razon en.

·~I

tomln y medio prevenido por la Ley , no es mu–

cho

fe

admita

fu

extenfion; lo que·

fe

prueba con

Ia

Ley 178.tit.15. lib.2. de las recopiladas de Indias,

en

que

fe

marida

a

vueíl:ras Reales Audiencias de aquel

Reyno , hagan Aranceles. de los Miniíl:ros de

J

ufü,..

cia, con tal que no excedan de la quinta parte de

los feñalados en efte Reyno.

I 2

3o . "ue la

diíipenfaci.

on de tomln

y

medio

F

1

'<..!:

o ·441 •

no miro

a

la conveniencia del Mercader, fino

a

que B.

era quafi impofsíble tal ajuftamiento de pefo en

las

Monedas que no difcrepaífen en efta , corta diferen–

~ia,

quando al mifmo tiempo convenia,

y

fe orde–

naba, que antes declinaífen

a

feble que

a

fuerte,

como afsi

fe

mandaba en la nueva Ordenanza, en

que no

fe

concedia al Mercader .dicho tomln y me,..

dio ;

y

afsi no

fe

podia decir que en la modcracion

de efte fe contemplo lo que fueífe

,

o no baftance

para fus coftos.

12

3

1

~e

el

Fifcal complica,

y

acufa virtual–

mente

a

Don Juan Gonzalez,

y

demas Superinten-

dentes, que toleraron,

y

permitieron excedieífe

el

feble otro tanto mas, y lo puíieron por regla en las

Ordenanzas

,

o Inftrucciones. hechas de orden del

Virrey Conde de la Monclova: potque ·fentando

eíl:a permitido,

y

mandado por Ordenanza k labre

con

tomln

y

medio,,

y

que fi _llegare

a.

medio real,

Gggggg

fe

~e

el·

tom1i,í

y

medio no mi

ro

a

la conve-.

niencia delMer

i:ader , fino

a

1

que era.impof:..

fible el ajufia..¡ .

miento de las

Monedas.

;

Qy.e

en la nue..1

va Ordenanza

no fe concedio."

al Mercader to

min Y.

medio~

·