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205

qüe fe encierre en la Caxa de feble

difpue~a

Jpor

J~

nueva Ordenanza al

c1p.18.

y

parece, que

dhs

do~

cofas no pueden compadecerfe , ni fon cómpafsi–

bles:

y

eíl:a refkxion conduce para que fe conozca

mas claramente, que en

lo

preterico no pudo fer re–

prehenfible, ni culpable, que el feble de la partida

fe lo

llevaífe

el

Mercader,

yno

qucdaífe

alguno

que

depofüar en Arca feparada.

NOTA.

I ·OI

5

Previenefa, que lo alegado baxo del

num·.

996.

de efte Memorial,fobre

que tos

412.pefos,

'

7.Ja.

.

lor de los Encerramientos de la Vijta de Baquedano,

fe depoftaron en el

Recept~r

General de ·Penas de Ca-

mara

,

es cierto,

y

conjla de la orden que .dio el.Virrey

para que

fe

le entregajfan al dicho Receptor,

y

del reci–

bo que de .ellos dio el referido en

'28.

de Mar;o de

1712••

fol.166.

T

~-

',

'1

RESPON..

Q1e

la prc;–

t eníion de que

fe

encierre

en

el Arca e

s in–

cópatible

c.on

la l'ermifsion.