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.....
'--.
-
So
vechamie"ntos
que
les tocaten fin
ch~fcu.ento
·;· nÓ
obftante que p_?r razon
de
la dicha
litis
pendencia;
o
por otro qualquiera cafo dexen de fervir
el
·di.–
cho oficio; porque
la
Real voluntad es, que gocen
de
todo ello fin defcuento alguno:
Y
fino obfiante ·
por razon de pleytos, lefion enorme, puja,
y
mejo–
ra,
o
por otro qualquiera motivo penfado,
o
no
penfadole , faliere incierto
el
dicho oficio de Tefo–
rero,
y
Blanquecedor, quifo-,
y
fue
fu
voluntad
fe le reftituyan los ochenta mil ciento
y
fetenta
y
tres pefos que avía pagado,
y
los imereífes ca–
pitulados :
y
afsimifmo , que defde luego
pu~
dieífe enérar
a
poífeer eíl:e oficio por
SI ,
o
por
las perfonas que tuvieren
fu
Poder, nombrandolos
defde eftos Reynos ,
u
defde la parte ,
y
lugar
en
que
fe
hallare :
y
que el que
afsi
fuere nombrado
goce de todos los derechos que
fe
conceden
al
dicho
oficio, ceífando, como mando ceífe,
el
que le eftu..
viere íirviendo coti nombramiento ·del Virrey del
Peru,
o
de
la
Audiencia de
Ja
Ciudad de los Reyes:,
luego que fe prefentare ante qualquiera de
el~os
efte
Titulo,
y.
Nombramiento del Teforero: y mando
al
los
Infantes, Prelados, Duques,
y
Marquefes, Con ..
des, Ricos Hombres, Priores , Comendadores,
Al–
caldes de los Caftillos,
y
Caías Fuertes, y Llanas,
y
al Preíidenté,
y
los
del Confejo de las Indias,
y ·a .
los Virreyes, Preíidente,
y
Oydorcs de
la
Audi.en~cia
Real de la Ciudad de los Reyes, que al pre(e.nte
fon ,
y
adelante fueren, que en conformidad de la
merced
qu~
afsi le. hada. al dicho
Don
Jofeph
·de
Santa Cruz Gallardo, del oficio
de
Teforero,
y
Blan–
quecedor de la Cafa
de
Moneda de ella,
ya
fas .fue•
. ceífore·s en
el,
y
a
los·que le huvieten de fervir, co–
mo Tenientes , por nombramiento del propi:etario,
-O
menor edad,
o
hafta que
la
muger fe cafare,
oto–
mare eftado,
o
p<D.t·otra
qualquiér
·caufa,
fe
·le
c.on...
Sf
fer-