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Fol.

613.

-· 3 28- En

virtud de

~effe

T1cufo

(y

·cumplidas:

todas.fus condiCiones por diGbo Conde de San

Juan

de Lurigancho) en primero .de Julio

e.te

'

1704~

Don.

Luis de Santa Cruz

y

Padilla, como poífefsion .de

a .

en nombre de

fu

hijo Don Jofeph de Santa Cruz,

con Poder fuficiente que para

e~lo

le

remitió ,

fu

fecha en Madrid

a

8. de Junio de

1703.

e

hizo

el

juramento acoftumbr.ado de

ufarle

bien , .

y .

fid–

rnente,

y

guardar las O,rdenanzas, Leyes Reales,

y–

Municipales>

y

las Infl:rucciones,

y ·

Ordenes del

Superior Govierno, en la forma que era obligado,

lo han hecho ,

y

debido hacer todos los T

eforer~s

de aquella

Cafa,

y

demas de los Dominios de

V.Ma

..–

geftad,

y

fe

le

entregaron las Llaves, Ordenes,

e

Inftrucciones, que paraban en poder de Don

Ltiis.,

Sotomayor, Teforero interino,

y

otras cofas,, de

.que

(e

refiere aver hecho inventario.

·

SUPUESTO

II.

329 Q:E en

el

año de

1¡.1~.

fueren

de..:

clarados por buenos Miniftros

en la Vifüa hecha: por Don Gon–

zalo Ramirez Baquedano,

y

fe

mando confultar

a

.V.

R.P. para que los premiaífe correfpondiente..

mente

a

fu

trabajo; zdo,

y

aplicacion; como refulta

ticl Supucfto

X!

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