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Gobierno, municipal, ciudadano, escuel&,
igle- ·
sia. beneficencia,
c~menterio
etc. se han puesto
en la traduccion
en
ambos idiomas
á
fin de
ha–
cer mas explícita su significacion. Respecto
á
las
palabras quechuas que en
~lgun
_distrito se
hu–
biesen
su~tituido
con voces espafioles,
y
por
eso
no se recuerde su signi(icacion ; se pone en éAta
una lista alfabética de ellM, con sus correRpon–
dienteR significados; para que las ¡¡.utoridades su–
baltemn.s no encuentren· el mas ligero inconve..:
niente en la ensP.fianza de esta ley
á
loR
n~ttura
les; cumpliendo así. con las
filant~ópicas
miras
que- se propone el Supremo Gobiemo respecto
á
aqueUa clase de ciudadanos.
·
Se
ha dicho que la traduccion .de la ley de
municipalidades al quechua era inútil, porque
los indigenaR saben leer
(J
no. En el primer ca•
. so.
conocen el e'!pañol
y
pueden leer la ley
sin
la
traduccion,
y
en el segundo, es claro que ésta es
inútil para ellos,
Las
precedentes consideraciones creemos que
son el mejor ju!<tificativo del deca·eto del Supre–
mo Gohiernó al m·denft.l' sea traducida la ley de
municipalidades; port¡ue si los indígenas saben
leer, podrán athluiri r un cabal conocimiento de
dicha
ley
en la parte que les concierne, estu–
diá.noola en su propio idioma
y
r:o en
el
español
que apénn.s conocen : En la ley de municipalida–
des,
hBy
no poca!l
palabras que tienen diversas
act<pciones
y
otras enteramente
1
deAt~onocidas
á
lox
indígena;::,
pn)'(¡ue rl!l'a vez 6
nunca
las
oye·
/ ron· pronunciar. Esto supuesto no cabe poner en