EL AYLLU
depósitos temporales. Se consideran dados
como préstamos hechos al matrimonio, que
contrae, por la simple aceptación, el deber
de retribuír en equivalentes similares en caso
análogo tratándose de las
misma~
personas
ó
familias de quienes recibió las dádivas.
Por encima de estos lazos de solidaridad
social, está la tendencia tradicional, heredada
. probablemente de la constitución peculiar de
la
gens,
á no ab rir demasiado las murallas
convivenciales al ex traño. Asi, en el campo
de la moralidad de las acciones al igual de
lo que se ha observado en las tribus bárba–
ras, para el aymara, el acto dañoso cometido
en la persona ó bienes del extraño, no es
reprochable en la medida que lo es cuando
se trata de un miembro del mismo
ayllu,
si
es que no se le reputa laudable. Además, se
pueden citar otros signos demostrativos de
ese espíritu de concentración ciánica. Entre