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EL AYLLU

depósitos temporales. Se consideran dados

como préstamos hechos al matrimonio, que

contrae, por la simple aceptación, el deber

de retribuír en equivalentes similares en caso

análogo tratándose de las

misma~

personas

ó

familias de quienes recibió las dádivas.

Por encima de estos lazos de solidaridad

social, está la tendencia tradicional, heredada

. probablemente de la constitución peculiar de

la

gens,

á no ab rir demasiado las murallas

convivenciales al ex traño. Asi, en el campo

de la moralidad de las acciones al igual de

lo que se ha observado en las tribus bárba–

ras, para el aymara, el acto dañoso cometido

en la persona ó bienes del extraño, no es

reprochable en la medida que lo es cuando

se trata de un miembro del mismo

ayllu,

si

es que no se le reputa laudable. Además, se

pueden citar otros signos demostrativos de

ese espíritu de concentración ciánica. Entre