Table of Contents Table of Contents
Previous Page  179 / 230 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 179 / 230 Next Page
Page Background

EL AYLLU

16J

virrey, como dice el licenciado Aleón, había

inferido agravio á los naturales al exigirles

contribuciones pecuniarias

«

quitándoles las

comodidades de pagar en

las cosas que

cogían y tenían en sus tierras

1

».

Sabemos, en efecto, que en el régimen

incásico, como en las antiguas instituciones

agrarias de Roma, no existía la tributación

per

capita

sino de simple cooperación perso–

tivo de ierras destinadas

el culto, de la reyecía y

del pueblo

~~(

es ngas señores que fueron

de estos reinos, dice el mismo licenciado

Alcón, en carta que escribe á S. M. en

15

de marzo de

1

r;

75, según refieren los natu–

rales de ellos, ningún tributo llevaban á sus

'

súb~itos

de sus haciendas y grangerías sino

1.

Archivo General de Indias. Carta del licendiado

Alcón á S. M.

25

febrero de

1583.

Est. 70, Caj.

4,

Leg.

22.