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PREMATICA
nal castellano, que, eso no obstante, hubo
de
servir, no menos que el italiano, para la
cómposición de la
Praxú?
Eso es lo que se
hace más creíble, atento, sobre todo, á que
las· rep rod ucciones aparecierÓn en vida,
y
a:un tal vez, la de 1696 cuando menos, á
vista del mismo P . Ampach.
· Lo cual supuesto, ocurre ya preguntar:
¿cuál puede ser la obra castellana ·que éste
traduj ese ó aprovechase para la colección
de. sus
D evociorzes
á San Francisco Javier?
No recor?,amos que por aquella época hu–
biera sobre esa matéria más que la del
P. francisco García, .el cual en la segunda
edición qe su «Vida , y Milagros de San
Francisco Xavier....», hecha el año de r67q,
nos daba ya por apéndice la
Novena,
jun–
tamente con la
Decena, o Devocion de los
c(i'ez
Viernes
en honor del Santo Apóstol de
las Indias, al modo que avisamos en los
Anónimos, al núm. 1404. El asunto de las
dos
De_vociones
propuestas por el P. Gar–
cía es, como se ve, el mismo absolutamente
que el de las traducidas ó arregladas por
el P. Ampach. ¿Habrá alguna relación ó
correspondencia aún más estrecha entre
unas y otras?
..
.
· 5450.-Prematica en qve sv Magestad
manda, que de aqni adelante no se pueda
hazer, ni escriuir ninguna escritura, ni
instrumento publico, ni otros despachos,
que por menor iran declarados en vna
cedula de su Magestad, sino fuere en pa–
pel sellado con vno de quatro sellos, en ·
la forma que en ella se contiene. Con
Licencia. En Sevilla en la Imprenta Real
de los Sellos. Año M. DC. XXXVII.–
En fol.º, de
10
hs. -
(De
l
5 Dic.
1636).
P .EL P.FERNANDOCHIRINODE SALAZAR(!).
Con ocasión de esta
Í'remati'ca
escribía
el P. Sebastián González, de Madrid
y
Enero 27 de 1637
1
al P. Rafael Pereyra:
«Ya dije en otra [de 14 de Enero] el dis–
gusto producido por la pragmática de los
sellos. En Segovia y otros obispados está
cerrada la audiencia episcopal, y aquí en la
córte la del Nuncio. El vulgo echa la culpa·
de todo al P. Salazar, pretendiendo haber
sido autor del arbitrio de los sellos; pero
V.
R.
sabe bien cuáp injusto ei; este_
c~rgo,
pues el arbitrio fué ideado por D. Antonio
deMendoza»
(Memorial Ji.ist. E sp.,
x1v; de
las
Cartas,
rr,
27).- Algo más adelante es–
cribía también el mismo al mismo P. Pe–
reyra, de Madrid y Febrero 24 de 1637,:_
«La junta de los sellos donde presidia el
padre Salazar se ha deshecho, y dado el
cargo al Consejo Real.... El padre Salazar
queda sin el intereso de la presidencia,
y
con el aborrecimien to del pueblo,
y
la Com–
pañía padece, sin tener ni él ni ella la me–
nor culpa del mundo....»
(ilnd.,
pág. 46).
Sin embargo, ni las protestas del
P.
Gon–
zález ni los fueros de la verdad han podido
evitar que hasta el Sr.
D.
Aureliano Fer–
nández-Guerra, hombre tan juicioso
y
ver..
sadísimo en nuestras antigüedades patrias,
acogiera como verdad histórica .en sus no–
tas á las
Obras de D o?i Francúco Quevedo
Vi'llegas,
la insulsa fábula del «pad re Her–
nando de Salazar, in ven tor del papel se–
llado en 1636» (t. 1 de la ed. de Rivad.,
XXIII,
414
1
415).
Lo que hubo de verdad en todo esto
y
pudo dar ocasión á las hablillas del vulgo,
es que, según Caballero, era tal el concepto
que hacía Felipe IV de la doctrina del
P. Fernando Chirino de Salazar, «u.t leges,
quas pragmaticas vocant, ferrentur
a
R ege
adjuncta approbatione F erdinandi, qua oc–
cluderetur os illis qui legibus tanquam in–
juste latis insidiant ur, ac negligunt)) (Mss,
núm. 609).
545
I
.-Preparacion en oracion mental
para recibir la Sagrada Comunion
y
dar.
las gracias. Traduccion del original latino
por el Sr. Chantre de Esta Santa Iglesia
,Catedral, D. Ignacio Merlín. Oaxaca. Im·
prenta de
L.
San German,
r
8
7
4. -
En
16.º,
de 83
ps.
A. P. EL P .
DIEGO
ALVAREZ
DE
PAZ.
.
.
Véanse los núms. 5428
y
5429,