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81 TÁXIS

nos ocuparemos de los más importan tes en

los siguientes artículos.

·

ARTÍCULO PRIMERO.

1Yl

odismos de obligación.

Son los que se enuncian por est_os ó

aná–

logos términos:

á

mi me toca;

á

ti te im–

porta, á él le conviene; es mi obligación;

es tu deber etc. y se construyen de varios

modos; 1

º.

poniendo en el caso genitivo el

indi víduo

á

quien se refiere la obligación ;

luego el régimen, si lo hubiere , en el ca. o

correspondiente;

á

é... te seguirá el verbo

construido en el presente de infiniti o, si

la oración hablare de presente ó pretérito,

y

por el futuro infinitivo, si hablare de

fu–

turo; poniendo al último la partícula

CA–

MA,

á

cuya final se agregarán los signos

posesivos de la persona

á

quién incumbe la

obligac~ón;

v. g: Nosotros debemos amará

Dios-Noccan chejpan Diosta munanche–

jcama.

ARTÍCULO SEGUNDO.

Modismos de perrn-isión.

Los que indican permisión, libertad, ó

lo que es lícito hacer

ó.

decir, tienen la cons–

. trucción de los modos siguientes: