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81 TÁXIS
nos ocuparemos de los más importan tes en
los siguientes artículos.
·
ARTÍCULO PRIMERO.
1Yl
odismos de obligación.
Son los que se enuncian por est_os ó
aná–
logos términos:
á
mi me toca;
á
ti te im–
porta, á él le conviene; es mi obligación;
es tu deber etc. y se construyen de varios
modos; 1
º.
poniendo en el caso genitivo el
indi víduo
á
quien se refiere la obligación ;
luego el régimen, si lo hubiere , en el ca. o
correspondiente;
á
é... te seguirá el verbo
construido en el presente de infiniti o, si
la oración hablare de presente ó pretérito,
y
por el futuro infinitivo, si hablare de
fu–
turo; poniendo al último la partícula
CA–
MA,
á
cuya final se agregarán los signos
posesivos de la persona
á
quién incumbe la
obligac~ón;
v. g: Nosotros debemos amará
Dios-Noccan chejpan Diosta munanche–
jcama.
ARTÍCULO SEGUNDO.
Modismos de perrn-isión.
Los que indican permisión, libertad, ó
lo que es lícito hacer
ó.
decir, tienen la cons–
. trucción de los modos siguientes: