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-.: ~r
'i'AXIS
187
den h
ac.erlas veces de artículo determina–
'fl'o, refiríendose
á
personas
ó
cosas,
y
han de ocupar el primer lugar, no obs–
tante que, entre la' palabra ·que rijan, se
interponga a1gún caso oblícuo ; v. .g;
La
palabra de Dio - Cay
Pachakcama,ip~
simi.
2°. El pronombre relativo le, la, lo, las
1
los, que se refiei;'e de un modo general
á
la per ona y cosa , en el régimen, se
construye por cualquiera de e ·tos pronom–
bres, siendo de advertir, que el pronombre
PAy
es tá destinado
á
repre entar de un
modo especial sólo
á
las personas; v. g:
Lo vi
(á
el,
á
una persona)--Paita ricur–
ccany;
(á
una co a cualquiera en general)
Cái ta
ó
chaita ricurccani. Cuando los sig–
nos po:esi vos s agregan como afijos a es–
tos pronombre , entonce hacen de pro–
nombre posesivos sub 'tantivo ·,
ó
que
van solo en la oración
: El. la ó lo
mio. la mía.--Cayniy : El la,
ó
lo tuyo.
la tuya--Cayn i ·qui etc .. :pudiéndo eles
ademá añadir lo sig nos de la declinación
como
á
los nombre comunes.
3° . K Los pronombres se trasforman en
adverbio de lugar , recibiendo como fina–
l las parlícula que de ignan
loca~idad;
·
v..g. Aquí--caJ p.i. All a--caJ man . Siem-