r
\.
~74585
pesos 6 y medio reales, solo de la huer-
ta, fuera de
16705
pesos
á
que ascendió la
tasacion de sementel-as , alfalfares, esclavos,
E'nseres, ganados, como consta por la clausula
4.
~
.de
la escritura de arrendamiento, que le
hizo Torre
á
Sarria
y
Herrera, corriente de foj.
102
á
foj.
109
vuelta cuaderno principal. .
¿Y
por qué se vendieron estos capitales
asce~ndien""
tes
á
91290
pesos
6
y
medio reales en
43
mil ·
pesos como aparece
de
las referidas contratas
de
f~j.
14
y·
foj.
12
cuaderno
4.
e
de pruebas?
¿Por qué se hizo de un momento
á
otro esta
escandalosa quiebra.<J ¿Que estrana metamór–
focis sobrevin& repentinamente para este
pac–
to leoniao? Repitamoslo otra vez; la compa–
llia contrahida reservadame,tte entre los con–
tratantes sobre intereses agenos
ha
obrado este
tñilagro.. Lo que estrecha mas la nulidad del
pacto simulado de que estamos hablando, son
los supuestos falsos que le sinen de base,
y
apoyo.
. Y
a hemos esplicado el concepto de Sarria·
y
Herrera sóbre estos pactos
y
conviene volver
á
repetir. Dicen con re1acion
á
la
l.~
c]au–
sula, que se a1lanan
á
recibir la huerta en 46828
pesos qué fue la misma suma, con que pasó
á
Cavenecia, bajo la calidad de no responder
por otra mayor al propietario al tiempo de la
devolucion del fundo. Rara fecundidad de.
figuraclon'es. Digamos, lo que de una manera
terminante
espre~a
el indicado
propi~tari'o
D.
Manuel de la. Torre en la
7.
~
condicion d(ll
instrumento de arriendo, que otorgó
á
Cavene–
cia
k
foj.
70
ctüiderno principal, que ademas
.de
pagarle· todo ·lo
que se eneuentrede aumen-.