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32

cho

mano para

d~cirlo

de una. "Vez, ba1da 't'et

demostrado el concepto que acabamos de pro..

bar relati\'o

á

los 8763 pesos 2 reales, qué flnje

de deuda ex'istente

á

D. Manuel Agustin, cuan–

do

eor reduplicada confesion de este se

halla

clasificado, que no se quedaron debiendo sino

800 pesos bajo de cuyos datos con una verdad

positiva no pudo prestar su consentimiento pa·

ra que Guerrero hiciese suelta tlel fur:tdo. No

pudo ni estubo en aptitud de hacerse arrenda..

miento, no pudo despojar

á

Ca..venecía del do•

minio util pocesorio en que estaba por un de..

recho traslativo

d~l

contrato, estendido con las

mas serias

y

escrupulosas" formalidades, no pu..

do proceder con Guerrero, Sarria

y

Herrera

A

la lastimosa

y

sensible sub-division de los in,.

tereses del conductor D. José: no /pudo apro•

piars~

de esa

ere~ida

suma de miles,

q~e

im..

pend•o en las muchas mejoras hechas en la ha•

cienda

y

huerta que afortunadamente ·se con–

signan en la escritura de sub)ocacion, .otorga–

da

á

los ttaspasadores que corre

á

foj.

102

cua•

derno principal: no pudo procederse sin previe

avaluo de todas esas obras utiles

y

necel!larias

contra la

la.

condicion instrumental de arriendo ·

que diipoñe la tasacion por perito!!! para su abo•

110,

disuelto

6

fenecido el contrato: no pudo ea

fin intervenir 'ni entrar en lejitimar esa simul•

tauea teunion de atentados sin haber contra•

hido una obligacion de necesaria responsabiJi.

dad sobre los mismos fundos mejorados.

N

o

estubo pues el propietario en la vez de reasu–

mir la hacienda materia de nuestro debate, poi'

que no se le debia la pension conduetin, ni

cantidad que lo exijiese. Si Guerrero

estubieae