Tít. XV. del Chanciller del Sello.
161
Partes, para estorbar tcdo frau -
banzas de H idalguía, que los
de, ó engaño que pudiera ha-
Receptores le entregan¡ como
ber
( 14).
se mandó por
el
Señor Rey
5
H
En el Registro, ni Don Felipe 111. en el cap. 34
en el Sello no pueden pasar
de la visita que hizo Don Juan
D espachos, ni Provisiones del Zapata. (Al presente se estam–
Consejo de qualesquier natu-
pan los Sellos sobre obleas.)
raleza que sean sin estar á lo
ménos libradas de quatro_ Se-
§.
U.
De los Autos Acordados.
ñores, refrendadas por el Es–
cribano de Cámara,
y
con los
d emas requisitos fotes referi–
dos :
y
~iendo
firmadas del
R ey , refrendadas de alguno
de los Secretarios de S.
M.
y
no de otro modo
(1 5).
5
22
Con el Sello de la
Puridad no se sellan Cartas de
Perdon, ni de Justicia, ni de
otras Mercedes, ni CaDtas
fo–
reras, que deben sellarse-con
el Sello mayor: si
se-sella~n
con el de la Puridad, no va–
len, ni aquellos
~
quien fue–
r~n
di,rigidas , son obligados
á
cum plida~,
ni
á
seguir los em–
plazamientos en ellas conteni–
dos: y el que tuviere el Sello
por el Chanciller, si sellare
con el expresado Sello de la
Puridad alguna de las sobre–
dichas Cart:is, pierde por ello
el oficio (16).
523
El Registrador de la
R ea l Chancillería de Granada
tiene hbro
enqu~dernado
,
y
foliado en que asienta las Pro-
Tom. //[,
524
EN
.el Sello,
y
Re-
gistro no
se
des–
pacha , ni entrega Provision
alguna del Consejo , ni otros
Tribunales de la Corte, sobre
delitos, p:ira Corregidoresfue–
ra de su
J
urisdiccion , Jueces
d
S-;ica~
, Mestas
y
Cañadas,
y
sobre fraudes de Ren tas Rea–
les •
y
demas cosas en que
pueda h'.lber condenacion pa–
ra la
C i m~ ra,
sin que prime–
ro por el S: ñ 1r Frscal se tome
la razon (
1).
Ni
el Ch• nctller
Mayor, ni el Registrador, ni
su Teniente, no pueden ni
deben dar Copias de los
D¡,¡s–
p acbos,
y
Provisiones que de
O ficio se despacha reo por el
Consejo , ni simples, ni au–
ténticas , ni en ninguna for–
ma; ni participar su conteni–
do extrajudicialmente
j
perso–
na algupa , sin expresa-Orden,
ó
licencia del Consej<>
(.i).
525 En 16 de
S~ptiembre
de
1714
se mandó observar
X
en