Table of Contents Table of Contents
Previous Page  185 / 438 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 185 / 438 Next Page
Page Background

Tft. XVI. de los Ahogados.

16

3

Letrado ,

se

le haya mandado

ion de oficio á arbitrio de los

judicialmente á instancia de

Jueces con respecto á lalculpa,

Parte contraria , que jure, no

y naturaleza de la Causa en

ayudar, ni favorecerá la su.

que á tan recomendable obli–

ya injustamente , ni contra gacion contravinieren (3. Y

derecho á sabiendas , y que

5). Ni alargar los .escritos ale·

'Cada

y

quando conociere la

gando Leyes, DecretaJes,

Pa~injustida de su Parte, -se Jo

tidas, ni Fueros, ni repetIF

notificará,

y

no Je ayudará en

lo alegado en otros, sino es

adelante, como.parece puede yeproduciéndolo,

6

afirmán–

hacerse segun lo literal de la doseenello, ni mas gue desnu·

Ley para. obviar vexaciones, <lamente,

y

con limpieza narrar

y

fatigas maliciosas (

2\

el hecho sobre que recae

el

527

Es obligacion de los punto de Derecho,

y

adaptar

Abogados para hacer las de-

Ja disposicion legal al ·caso;

feasas puestas á su cargo, la

ea el ·concepto ·de que al tiem·

de ver por sí originales los po de la Vista para la Senten–

·Procesos, concertar las rela-

cia

1

pueden 'p,Or escrito .,

y

de

-<:iones para su vista , jurar que

alabra informar de u Dere· '

por sí las han concertado ,

y

cl:io coQ quantas Doctrinas,

firmarlas en los casos conve- Citas

1

Leyes,

y

Textos sean

nieates, segun alguna

eces

·conducentes á ·el asunto

(4).

se hace ea Jos Tribunales

e

Y

de que son responsables

¡i

esta Corte , asten los Coase-

pagará las Partes los daños ,

y

jos con las formadas por los

costas que por malicia , ó im–

Relatores, corno ea los Juz-

pericia les ucasionaren.

(6).

gados Ordinarios ,

en

los

528

Aunque ántes de

apuntamientos hechos por los

empezar las defensas de algun

Escribanos, basta verificarse

ple

y

to con sola la lnstru ccion

estará

satisfaccio11 de las Par-

de la Parte podian los

A

bo¡¡;a–

tes,

ó do:: sus Abogados, de

dos conforme á la Ley hacer

que muchas veces

.~e

pone la

i gualas , ó ajuHe de sus

l:>e·

nota de ·estarlo con esta cir-

rechos , y no despues de te–

cunstancia : No deben dar

ner en su poder los correspon–

consejo contra lo justo ,

ni

dientes documentos

(7) ,

no

alegar cosas im peHinentes , ni

se practica,

y

solo se

sa ti ~fa­

maliciosas, pena de suspen-

cen losho1rorarios con respecto

X

2

ta