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Tít . XVI. de los Abogados.

1

65

mente defendido coq la ma-

cosa como persliadir á Ja Parte

yor solidez , fundamento,

y

á que otorgue poder

1

especial

literatura de mi Ilustre Cole-

con expresion del

~asó

á que

gio de Abogados de esta Cor-

se di rige ;

y

haciéndolo , está

te en la defensa legal , que

in

logrado el fin ,

y

objeto de la

scriptis

hizo• por el año de

Ley: no cumpliendOI así

el-L~

1750

ea el Expediente , que

tiga nte ,.Jo

llil'~Or

res de$pedir–

se le suscitó sobre sus • De•

le ,

y

no defonderle ,. que ex–

rechos,

y

los de los Pasa n-

ponerse el Abogado á uo des–

tes ,

é

inteligencia de las

ci·

ay re.

tadas Leyes 9.

1

o.

1

r.

r

2.

532 Los Clérigos de Or-

18.

19 . 20. 21.

y

29.

Título

de n Sacra ,

y

los Religiosos oo

16. libro

2.

de la Recopila-

exercen •Abogacía sino es en

cioo.

·

pley nos1 de su lglesia , en los

530 El que defendióá una

su yos,"' Ó por su Vasallo,

ó

parte en primera instancia, no

Paniaguado , ó por su padre,

puede defender 'á la otra ea la

6 madre

\ftÓ

p.e'rsC1na á quien

5egunda,

y

tercera : Pero sien-

flaya de. tre,i:edaP

·6 pori po–

do Juei de upa Cau a eo ;pri·

bre.s ,

y

m:i erlll;i.lás,

y

demas

m era lmtancia, pu d

co mo

en que por

de~

cho estuviere

tal,

y

no como Abogado de-

pe rmitido (

1

sY.

·fend er en la stgun

los De-

583 A IQ's vndaderamen–

rechos en que f undo su

en- {te •Pl.bre1

les dlfien dt n

los

tencia.

Abr

ga Gio~

de gracia: pero ccn-

531

Para precaver los

in-

.fr<:l Ley expresa

1,

6 cusa noto–

convenientes , que pueden re-

riamente injusta no putden ha–

sultar en · un pleyto, por sus

cer ddensa alguna á Perso–

circunstancias , 6 direccion,

nas Pobres • ni Ricas,

de

manda la

Ley,

que el Abogado

qnalesquier

naturaleza

que

al principioáates,deincoharlo

sean (1 6). Pobres se ectit nden

tome instruccion por escrito

aquellos que tienen informa–

fümada del interesado , 6 de

cion de taks , por la que los

otra persona de su confianza

Jueces,

y

Escribanos no pue–

si él no sabe escribir

(14).

Mu-

den llevar derechoc algunos,

chas v.:ces se hace: las mas no

como consta de la Pragmática

se puede , para sa

1

vario ,

y

del afio de 1744 , que se ex–

cumplir el Letrado, no hay

poneeneltomo 1.cap.4. num,

JI,