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Tít. XVI. de los Abogados.

17

I

-

del Colegio ; pena por prime–

ra vez de 50 ducados : por

segunda de suspension de of)'–

cio

6

meses ,

y

por

terce–

ra privacion de él (

13).

Y

ca–

da nno de los referidos

tn–

gado$ tiene Ja obligacion de

Jreconocer en los pleytos

qw~

en su Estudio se despacharen,

si hay algun escrito firmado·

eje los qt¡e no se hallan, in–

corporaqos en

la

lista q·ue

anualmente se reparte,

y

en

su caso ponerlo en noticia del

Secretario del Colegio , para

que lo haga presente

á

la Jun·

ta ,

y

ésta tome las providen–

cias convenien es,

y

dé cuen–

ta al Consejo (

r , .

555

Por el

A

to

• tit.

23.

lib.

2.

de la Reco . se de–

clara , que el

sador

~ne­

ra\ de los derechos de Pley¡

tos,

y

Costas Judiciales, no

debe ni puede tasar los de

los Abogados , y que si se los

enviaren á tasar , Jos ha de

devolver

á

los Tribunales ,

y

Jueces de donde dimanen los

expresados pleytos, que es

á

quienes toca la regulacion de

los que han de haber.

s.

llJ.

De l11s Resoluciones pos–

teriores.

556

LAS

Ctteatas,

y

Par-

ticiones qui: se ofre–

cen de

la~

Testa1neatarías

y

.Berenoias.. se hacen

y

forma–

lizan por Contador que sea

Abogado de los Reales Con -

.sejos , á eleccion de los IQte.

resados en quienes ros

Biene~.

y Caudales se han de partir:

estos Je deben nombrar den·

tro de tres días despues de fi–

nalizado el Inventario,, Tasa–

cioQ,

y

Almoneda ; en el ca–

$0

de qo,

conformjlr.se

en uno,

toca , al Juez de fa Testamen-

aría nombrar en discordia a

t

que fuere de su agrado : He-

ha

la nominacion, se notifi–

ca á

los dichos Interesados:

deben responder con Pedimen–

to conformándose,

ó

recusán–

dole, teniendo justa causa pa–

ra ello : pero los tates Conta–

dores han de disponer las re–

feridas particiom:s. en resumen

abreviado, sin sacar co pias ni

traslados de lo inventariadCJ,

ciñendo las Hijuelas por los

efectos ,

y

no

CO\J

el abuso

y

prolixidad fastidiosa que anti–

guamente se solian hlcer, st –

gun por Resolucion del Con–

sejo está acordado en Au-

Y':i

to