Table of Contents Table of Contents
Previous Page  157 / 168 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 157 / 168 Next Page
Page Background

- 15l-

reales del testimO'nio, que ordenamos les 1·emitan en c11du un año los arzobispO's

y

obispos, para que conforme lo que de

él

CO'nstare

les pctguen

esta cantidad

meMs,

y como fueren vacando las canonjías en las iglesias de aquellas pro–

vincias, se les avisará para que guarden todo lo susodicho, siempre precisa

y

puntualmente; y les apercibimos que en caso de tener omision en ejecutar

lo contenido en nuestra lei, demas de tenernos por deservido,

s~

cobrará de

sus salarios lo que dieren y pagaren.

(Leí B5.a)

Habiéndose asentado

la

supresion de canonjías de las iglesias metropoli–

tanas y _catedrales de las Indias para los salarios de los inquisidores y minis–

tros del Santo Oficio de la Inquisicion: mandamos que todo lo que procediere

de esta supresion se convierta en el efecto de pagar los dichos salarios, y los

oficiales de nuestra real hacienda, cada uno en lo que le tocare a,<;istan a la.

ejecucion de ello, y nos avisen siempre de lo que se hiciere.

VIII.

OFICIO DEL DEPOSITARIO DEL SANTO OFICIO

E..'f

l.nu

.U.

JENEBAL ÜSSORIO,

SOLICITANDO SU INTEBVENCION EN EL PAGO

DE

LA CUOTA INQUISITO–

RIAL SUPRIMIDA POR EL GOBIERNO NACIONAL EN

1811.

La escasez de fondos con que debe absolverse el pago de sueldos a los

empleados de

la

estingillda'Inquisicion, de cuya satisfaccion estoi encargado,

como de

la

conservacion de bienes, ha causado que por representacion del

receptor jeneral me veo precisado a molestar la atencion de V. S. para que

ausilie con sus justificadas providencias las pretensiones que don Judas

Ta4_eo de Reyes, receptor encargado para

la

cobranza de los intereses que

hayan pertenecido a la supresa canonjía en esa ciudad, que gozaba dicho

tribunal, interponga en esa superioridad, tanto para que se remuevan las alte–

raciones dimanadas de

la

insurrecion de que V. S.

ha

libertado ese reino

y

se restituya dicha renta a su primitivo estado, como para que se logre el

co–

bro de

las

dependencias que se hallen pendientes, prometiéndome de su

atencion y amor a lo justo que por su parte contribuirá

a

la consecucion de

los designios que dejo propuestos, ofreciéndome a su

disposici~n

y dándole

con

este

motivo

la

mas

cumplida enhoralYuena

por

la ínttresa11le vicWria

obtenida

cO'n su

direccion

por

las armas del reí

y

por las nuevas condecora–

ciones tan dignamente merecidas,-DiQs guarde, etc.-

Lima,

noviembre 19

de 1814.-Ju.A.N MARIADEGALVEZ.-Señor don Mariano OS'orio, brigadier

de los reales ejércitos

y

presidente de

la

Real audiencia y reino de Chile.