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lba.ntobscuri sola sub nocteper
Pluguiera
a
Dios nuestro
Se..-
. umbras,
ñor, que de su mucho hablai"
J>erq ue .domos Ditis vacuas, et no se siguiera otro mal, que
inania regna.
malgastar el tiempo
y
el
papel~
Quale per· incertam Lnnam
y
la }!aciencia de los
lectores~
snb-lucre · maligna .
Cuando se entromete, pues, en
Est iter in S)"lv,is....
una cosa, que por mas que di..
Con efecto, · apenas abre Ja
ga, quedara sif>mpre indecisa,
boca en el párrafo
l.
0
de la
es preciso suponer que lo hace
pag.
120,
lin.
15,
cuando dice:
con su mas
y
su menos. Vea·
'.'Asentamos la proposicion. La moslo
cso-P~ro
antes de pre–
~,jurisrliccion
de orden
y
de
sentar la doctrina
y
deshacer,
,,gobierno es tan divina en los
su error
fundamental en el
,,Obispos como en el Papa, re-
asunto, copiaré dns proposicio...
,conociendose en este la pri-
ues suyas, con la censura
que
,·,ma,cia)) ¿Quien se ha expresa-
merecen.
dojamas con la frase "jurisdic-
· l.~
En
la pag.
134, lín.
~ion d~ · órden
y
de gobierno''?
7.
~
sobre la apa·ricion de
N.
Su pedagogo el
Sr. So
lis, dice
S.
J,
C. resucitado,
á
los doce
en la
mi~ma
pag. ''Potestad de Apóstoles,
referid~
en el cap.,,
~rden
y
potestad de jurisdic-
20
de
S.
Juan, funda esta a.ser–
~ion0
.Este sí que es el len-. cion:
''En él, (en ese pasage).
·8uage
consagrad~
por los teo-
,la confirmacion del ObiSpado
ti
logos
y
.canonistas.
Y
bien,
si
,todos,
y
á
cada uno, con igual.
segnn el título del capítulo, va
,,potestad."-
Luego la desigual–
*
ocup_arse de la potestad de dad de potestad de.jurisdiccion
jurisdice.ion, ¿para qué viene in·
entre los doce Apóstoles, es
troduciendo la obscuridad con
una invencion humana que no
~sa
su
''jurisdiccion de orden?)'
se apoya en las Escrituras; su-
La cuestion qne se propone
puesto que el autor funda en el.
~s
ciertarpente adíáfora: agitóse Evangelio la igualdad de la po•
mucho por los·Padres del Con-
testad de jurisdiccion entre
to...
~ilio
de Trento, segun refiere dos.-M·as esta
propo~icion
es
~alavicini
en la historia de este
del apóstata Marco Antonio dé
(Joncilio, Lib.
18,
.cap.
14,
y
Dominis
en el Lib.
l.
0
cap.
Lib.
21.
cap.
11
y
13.
Los Pa-
3.
0
núm.
8,
0
donde dice:
Dis–
dres no .quisieron definirla.
Y
pa1·itatempotestatis,
in~er
Apos·
entonces, ¿si de ella puede de-
tolos esse humanum
inventu~
i1f,
cirse,
adhuc sub ju,dice lis est?
sacris Evangeliis, et'divinis no•
. ~unq~e
se desgañite el Sr.
Vi-
vi Testamenti Scripturis mini•
Qaurre, nadie
lo ha
constituido
me
subsistens.-Esta
pm,po~i·
qictador en la Iglesia, ni sus
cion, dice la Sagrada
Faculta~
palabr~as
son rlecretos -para ar-' de Teo
logíade París,
censuran~
tastra_r los
votos
a
su
parecer.·
do
el
¡
.ip.rode
Dominis·
ente~'-
8
-