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( 127

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Oída pues toda e-sta doctrina

to se desvía de esta regla, no

del Illmo. Sr. Arzobispo ele la

pertenece á la unidad é iudi–

Plata D. D. Fr. José Antonio

visibilidad del Salvador. La

de S. Alberto en su Catecismo proposicion pues es identica

a

Real,claro esta que la proteccion

la de Cahino:

Universale au–

no es ejercer jurisdicion espi-

tem concilium indicare, solus Jm._

1·itual sino defender esos dere·

perator pote'rat:

que vertida

á

ehos de la Iglesia. Es así que

nuestro idioma es lo mismo, que

convocar

a

Voncilio es un ac-

es un

dP.recho immanente

de

los

to de jurisdiccion espiritual, por

Emperador

es

reunir los conciLios

ta que uno

es

superior

a

otro Es necesario tamhien no olvidar,

en el fuero del a conciencia, como

que si fné necesario valerse de

enseñan los teologos; luego no

los Emperadores para los Sino–

hubo, ni hay, ni puede haber

dos, no fue para recibir de ellos la

tal derecho inmanente en los

autoridad, sino Ja asistencia,

y

Emperadores. Querer

sostener~

la ejucucion.

¿Cuando unquam,

lo, es querer introducir en la

dice S. Atanacio Epist. ad Solí–

Iglesia las facciones, las divi-

tar.

Judicium Ecclesice ab impe..

siones, en una palabra, el Cis-

ra,tore autoritatem lwbuit?

San

ma; y no hay Cisma alguno se-

Leon decia á LeonA ngusto;''La

gnn S. Gerónimo, que no lleve

,potestad regia se os ha conce .

consigo alguna heregia, que

,dido, no solo.para el gobierno

rectamente

parezc~

que se ha

,de vuestra monarquía,sino taro–

apartado de

la Iglesia.

N

o

,bien para proteger la Iglesia,

y

dudo pues decir, que la propo-

,,para que reprimiendo

a

sus ene–

sicion del autor, á mas de lo

,,migas, defendais lo bien esta–

dicho es cismática, porque se

,,blecido en ella, y le restitu-·

opone

á

la unidad de la Cari-

,yais la paz, si se la turbasen

dad · Eclesiastica, qne esto es

,alguna vez.

Epistol.

12S.''

lo que mi Angel l\!Iaestro lla-

Que el Rey no tenga autori–

IDl:l-

Cisma; porque si sabemos

dad sobre el culto

y

las ac..

que los Pontífices sucesores de

ciones espirituales, nos lo de–

S. Pedro son el centro de lá. muestra la Escritura: vease el

unidad, y de la

~reencia;

luego

libro

l.

0

de los Reyes C.

10;

no debemos ignorar que cuan-

Declaró Samuel al Pueblo

la

to está unido á ellos, esto es

ley del

Reino,

y

la

esc1·ihi6 en

la Iglesia Católica; y cuanto

un libro,

y

la depositó

delante

de ellos se separa no pertenece

del

SPñor:

y

á Saul, que por

á

J. C. Cuanto es conforme mandato del SPñor babia sirlo

á

los reglamentos de la fé, cuyo

ungido Rey, no se le dió

la.

depósito está en el Sumo Pon-

potestad

espi~itual.

Pol' esto es,

tifice, esto es lo que nos enseñó

que cuando por ausencia de

Nuestro S.

J.

C., y su creencia Samuel ofreció Saul en Galgala,

nc>s constituye católicos: cuan·

holocausto, severisimameute

fué_