-1-4
•
.And-réJ
Mar{lvér
y
Verá. ·;::::::
Yo
Don
Joseph
Payo Sanz
,
Escn-:
bano de Cámara honorario .del Consejo , la hice escribir por sn
mand,ado , en e,) Extraordinario.
~
Registrada.
~ v
Don Nicolas.
_
Bcrdugo,
Teniente
de-Chi:lncillér mayor.
=
Don
Ni
colas Berdugo.
XVI
; 1
~E
A"L CEDULA
,
PARA
QUE SE LES HICIESE SABER
á
los Regulares de la Compañia
,
la Real Pragmática-Sancion de su
-
Ext-ráñamierito
de
estos
Reynos.
•'L
J
1'
Don ;
Cari~:
:
por la gracia de Dios,
Rey de
Castilla, de Leon,
de Aragon , de ]as dos Sicilias , de Jerusalén , de Navarra , de:
Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia , de ·Mallorca, de .
Sevilla , de Cerdeña ,,. de Córdoba ., de· Córcéga , de Murcia ,
de·
Jaén , de los Alga·rves, · de Algecira , de Gibraltar, de
las
Islas·
rle Canarias , Indias , Islas , y
Tierra.:.
Firme del Mar Occéano,–
Archiduque de Austria , Duque de Borgoña , de Brabante , y de
Milan , Conde de Abspurg , Flandes , Tirol ,
y
Barcelona :
Se-··
ñor de Vizcaya,
y
de
Molina, &c. A_todos los Jueces Comisio-–
nados por el Conde -de Aranda , Presidente del nuestro Consejo ·,
á
cuya direccion existen las Ca>Xas, ó ·Depósitos en que se hallan los
Regulares de la Compañia , para ser conducidos
~
y
embarcados
al Estado Pontificio , coosiguiente al ,Estrañamiento de. estos Rey·
nos; ·cdmo asimismo
á
los demas Comisionados de los Pueblos don..
rle
ex!s.tan Casas de la Compañia , en que·se hallen detenidos Indi-–
\lÍduos de ella , con qmafquier causa
,.:6•
motivo ,
y
otros quales–
~uier
Jueees,
Justicia~
; Ministros,
y
p€rsonas
á
quien lo conteni–
do en esta, nuestra Carta tocáre
y
fuere dirigida , salud , y gracia: ·
SABED , que .por Don Pedro Rodríguez Campománes ,
y
Don Jo...
sef Moñino , nuestros Fiscales , se nos representó , que aunque
la
Real Pragmática de dos del corriente , para el Estrañamiento de
los Jesuítas , se babia promulgado con todas las solemnidades
correspondientes;
y
por lo m-ismo
se
debian
supon~r
sabidores de ·
su
contenido todos los comprehendidos en ella ,
y
-sujetos
á
su -deci–
.5ion
' y
prevenciones-.: con todo teniendo ptesente , que
á
los Jesuí–
.ta-s estrañados., solo se Jes babia hecho saber el Real Decreto .de–
veinte
y
siete de Febrero ,
y
que este
no
contenía_ muchos puntos
9ue
se Ieferiaú
en)a
Pragmátic¡¡,
cuya
co,n~rav~nci_on
.podia prod!l
~
·
·
,<;ir