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ruitidÓ , 6 sabe que alguno de su Compañiá ló haya
he~~:ho'
., cauda–
les algunos en especie de letras ,
ú
otros efeétos fuera de estos Do–
minios , q.uándo lo pratlicó , ·á -dónde , , y por qué medios ,_ex–
pli_canclolo con toda indi.vidualipad ; ·y si en· bancos '; · Casas de co,..
ruerdo , ó en personas confidentes existen caudales de. la Compa–
ñia
~
por lo tocante á España , fuer_a-del Reyno, individualizándolo
tódo muy por ¡nenor ; como asimismo los que haya en Roma,
toc-antes á España , manifestando para qué fines: si le han .dado
a,viso
d~l
percibo qe_,los tales ca.udales
y
efeétos ,
y.
dónde
p.áran~
,¡-
IX ¿Si en la presente Flota , ó
.Regi~tros qu~ $e_. esp~raQ
de .In–
dias ' aguarda caudales ' y si tienen algunos en poder de algun
Comerciante,
ú
otra qualquier persona de estos Reynos, expli-–
cando qué cantidades , y qué··sugetos
~
,
X
¿Finalmente·, qué des–
tino tienen los caudales s0brantes. de la Compañia ; quién toma
las cuentas .de ellos ,
á
qué tiempos ,
y
en qué forma se remiten;
quién nombra los Procuradores generale.s y particulares
,e
y qué
parte tienen en todo esto los
Asisten~es
y
su, Gernenal , y qué can–
tidades contripuyen las Provincias de España é Indias : qué sumas
.hán salido por su mano con pretexto del socorro de los Jesuítas
Portugueses ; y qué cantidad estaba repartida
á
su respeétiva Pro..
vincia
ó
Colegio aL afie ,. y desde qué tiempo empezó est-a contri–
b'ucion' , ·Y en
virtmd~
de que.ó-r.denes
~
Y
visto todo por los del
nuestro Consejo Real ·, en el Extra·ordinario que se celebró e11.
cinco de este mes, ftie acorda:do. librar esta nuestra Carta para vos;
por la qual os mandamos. , que teniendo presente lo pedido por
nuestro Fiscal en cada uno de ·los Capítulos .incorporados , proce-.
dais , sin pérdida de •tiempo,
á
evaquar las diligeacias y ·. asuntos,
que literalmente compreLlden., sin· faltar en cosa alguna :
á
cuyo
fi-n
os damos la comision y facqltades necesa-rias ; sin que por esto
suspendais la execucion 'de lo demas , que por órdenes partícula..
res os esté- encargado , 6 de nuevo se os encargase.
Y
executad~
remitireis por mano de dicho Presidente del Consejo. , Conde de
A.randa , ó de qualquiera de los Fisca·les de él , los Autos que se
praétíquen , pata con su vista tomar las demas providencias con-–
venientes: Que asi
~s
maestra voluntad , y que al traslado
impreso~
de esta nuestra Carta , firmado de Don Joseph Payo Sanz , nue
1
stro
E scribano de Cámara honorario , se le dé la misma fé
y
c.r.édit9
que
á.
su origina-l. Dada en Madrid á si-ete de Abril
d~
mil setecieq–
tos sesenta
y
siete.
===
El Conde de Aranda.
===
Don Pedro Cotón.
.:=
Don
M1f;u¿t
il1aria de-
NnWH
·=
Don
PedrQ Ri.c
1
.Ex.éa.=
Don
·
F~
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