DE ANDALUCIA.
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5 Se dexarán á la Iglesia los Ornamentos,
y
Vasos _Sa-:
gr<H.i os , que necesite para destino
á
Parroquia ., distnbu..
yéndose-los sobrantes, como está resuelto por punto gene:
r al, entre las Parroquias pobres de la Diócesis' teniegdo
presentes las Capillas destinadas á los Cónsules de
Espqila,
establecidos en los Puertos Máritimos de
·Marruecos,
en–
conformidad rle la·s Reales intenciones, explicadas
al
Con–
sejo por
el
Excelentisimo ·Señor.Marques de
Grimáldi.
Canaria.
1
LA
residencia que fue ·de lds Regulares expatriados
en aquella Ciudad-, se destina :por Real resolucion,
á
Consulta del Consejo de
18
de
Mayo
de
1
r¡69 ,
para
C~sa
de Pupilage,
6
Pension, con habitacion, y Aulas para u_n
Maes-tro -de primeras Letras , y los de Latinidad, y Retón-
. ca,- -estableciéndose otro Maestro de Escuel;;t en
la parte
•opuesta ) del Arroyo, que divide la Ciudad de
Canaria;
tra–
tándose su arreglo e11 Sala primera del Consejo.
.
2_
·Se manda, que la Iglesia se reduzca á Oratorio priva–
do", cerrando las puertas que hacen á la calle, ,para uso.
d.e
los exercicios devotos de Maestros ,.
y
Discípulos; celebrán
4
dose en él por un Sacerdote las Misas _rezadas que la Res_i–
dencia tubiere de
carg~
, repartiéndose los Ornamentos
so–
brantes del modo generalmente acordado.
- N O X
.A•. ..
3
Por posterior recurso de la Iglesia Catedral de
Canari~s,
se :
trata en . el Consejo
,
adonde ·corresponde .por la
.
Ley
54·
tit~
4•
lib.~.
de laRecopilacion,
de proporcionar medios
,y
dr:. –
-tacion para la ereccion
de
Seminario Conciliar.•.
,
,
Cármona.•
t
A-
··
Con,sulta de
1:6
de
Abril
de este .año, ·há resuelto
·
· ·S. M, se forme -Casa de Pupilage:.,.
6
P.ension, .c;on
Aulas,
y
habitaciones para los .Maestros deLatinid;:td,
y
Re–
tórica·en el Co-legi0 de
Cat•mona
,
Di6cesís de
~evílla.
2
A la Iglesia separada Je _él :,
con ;
pared'
divis.ori_~,
.se
· ·
L
1
rnan-