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-
A N D _4 L U ClA.
79
~~~~~~~
.Andujar.
1
Á
Consulta del Consejo de 16 de
Mayo
de 1769, se
· aplica.· por Real resolucion , este Colegio , en la
Diócesi de
Jaen,
á Casa de Pupilage,
?
Pension, con Au–
las
y
habit<:!ciones para Maestros de pnmeras Letras ,
La-
tinidad ,
y
Retórica.
.
.
.
2
Al mismo efeéto se desunan los Salones que servtan de
Oratorio á los Regulares expatriados , profanándose , ·
si
fuese necesario, con la autoridad del Ordinario Eclesiástico,
ritos ,
y
ceremonias acostumbradas.
:·
3
Las cargas espirituales, si tiene algunas , se cumplir,pt
en la
Iglesa señala-da por el Reverendo Obispo , en cumpli·
miento de la circular de
10
de
Enero
próximo pasado , (
1)
y
en la misma forma.
4
Los Ornamentos se repartirán en el modo acordado
generalmente.
s
Y
de los materiales que tenían los expresados Regu–
lares destinados pa-ra construir la Iglesia ,
se
aprovecharán
'los que se·ne<;:esiten para
la
casa de Estudios : quedando lot
a~mas
á beneficio de la Ciudad_ para obras pt1blicas.
.
----------------------------------~:~----- ----
(1)
Colee.
P.
1..
n.
II.
pág.
73·
A'f!tequera.
r
- 1
A.
Este
Co~egio ~en
el Obis¡:r do de
Málaga -,:
por Real
resolucton , a C rmsulta de
18
de
Mayo
de este año
de 1769,
se
traslada
e_l
Seminario
q11e
llaman _Cone:'ilj_éjr,
ar're–
glándose sus Estuaios
eA
ntilicad .públic_a : ·re.serv-ándose'
1}a.s.
Aul~ s_,
y
habitacio,n~s d~los
Maestros .de primeras
J:..etra~,
Latinidad ,
y
Retonca , (que deben se r tatnbien prom1Ís·
cuas al Seminario ) establecidos en
cum_plimi~nto
de
)a
Real Provision de
5
de
OClubre
de
ij67 ,
(2.)
y
posteríores
órdenes
del
Consejo.
''
A
---------- -------.-----------.
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---------~-----~
-<2.)
(,;olee.
P.
'z..
n.
14.
phg.
76.
·
1