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·E;t

tiempo que

han de estar

en ellos,

~{76)

(Setninario

~

sino

que eri

su

lugar se

po~:

drán recibir otros en

él.

· 68

En

la

cu'ra ·animarum

de los así

convertidos á la Fe ., solamente podrán

pertnanecer ·hasta que el Obispo

á

quien

pertenece ,

ó

en lo succesi vo pertenecie-–

re el territorio, quiera destinar Presbíte–

ros seculares ,

á

los quales cómeta la

cu–

ra animarum.

De cJmo se

/

69

y

tnientra.s los enunciados

Mi-

han de ali-

mentar

'

y

sioner.os

permanecieren exerciendo la di-

asistir.

.

cha .

cura animart}m

,

no podrán recibir

...

1

~

• ) ' ,.. "

cosa ninguna con motivo de los Curatos,

Doctrinas, sino ·que precisamente

de...

berán vivir de las limosnas · que pidan

·mendi·gando ,

ó

que de otro

~1odo

les

' dén. - .

En dichos

~

"JO·

·E,stablecida

.ya

nuestra.-Fe ,

y

ha-

Pueblos

se

bienao Curas seculares -en los -

Pueblos

pueden fun-

dar Conven-

,

grandes ,

y

capaces

, ~

se pódrán fundar

tos,

e

o

¡·

onventos de .

nuestra

rden con

tcen-

··cia. del

~Obispo

,

y

del

~ sobredicho

Supe•

rior General, en los quales Conventos

puedan

vivir Religiosos de litnosnas

ba...

xo de la disciplina

regular ,

segun

o

la Reo&

gla,

y

estatutos.