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(75)

ceder

á la

expulsion de los Misioneros,

y

pri vacían del Guardian.

6

5

El Delegado del Superior Gene-

ral solo podrá suspender al Guardian ;

y

habiendo hecho las correcciones necesa–

rias , avisar al Superior General para que

ponga mayor ren1edio.

66

Y

por quanto esperamos , que

con la gracia,

y

favor de Dios, por me–

dio de estos Ministros de su palabra , se

han de convertir

á

la

Fe

muchos Pue–

blos de Gentiles,

á

cuyos recien conver–

tidos es necesario conservar en la Fe que

hayan abrazado,

y

administrarles los Sa–

cramentos; se manda, que en los Pueblos

converti_dos queden algunos de los enun–

ciados Misioneros, los que sean necesarios

para lo

que ~

va

expresado ·, avisando

al

Guardian del Seminario ,

y

obteniendo

licencia de

él;

los quales Misioneros q·ue–

darán siempre súbditos del mismo Guar–

dian ,

y

sujetos

á

su correccion , como

va

dicho.

67

Los que estén en los Pueblos

nuevatnente convertidos no se contarán

en

el nútnero señalado

de

Misioneros

del

kz

L o que

puede

el

D elegado.

Que en las

nuevas con–

v ersiones

que~

den algunos

Misioneros

.con

licencia

g el

(Guardian

d el S

e.minari

de

quien son

.súbditos

,

y

e rtarán suje–

tos

á

su cor–

r eccion.

L o! que se

quedan

en los

P ueblos

nue–

vamente

con–

v ertidos.