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G~NERAL.
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teetores , quienes
por in()inuaciones de que
les era dificil
á
ellas separarse , formá ron en
~ u
corazon una
disposicion que
siguiéron
ciegamente c0n respecto
á
ellos como una ins–
piracion del
~ieio.
Siglo.
XVII.
No obstante Luis XIV. no perdia
de
vista la resolucion que
ha
bia tomado de es–
tablecer en tpdas las partes del
Rey
no
la
signatura del formulario de un n1odo unifor–
me:
á
cuyo fin expidió un Decreto del ·
Consejo en
I
6 6
2,
y
en
1664
una
decla- .
racion que mandó registrJr él mismo en
el
parlamento , en la qua} no se puede explicár
con n1as fuerza en una ley de esta na turale-
,
2a que
la en que está explicada. Los mo...
tivos que alega son la inutilidad de los me..
dios
i
puestos hasta entónces para vencer
1~
resistencia de los que se oponian ; la diver...
sidad de conducta
y
de lenguage que
los
defensores del Obispo de
Ipres
tuviéron,
segun
la diversidad
d~
circunstancias
y
de
intereses , sosteniendo desde. luego
la
doctrina de las
cinco proposiciones
coma
ortodoxa ,
y
pretendiendo despues que es–
tas
proposiciones no se hallahan en parte
alguna ,
y
que se habian
formado
vo–
luntariamente ; el temor de
ver
que
iba
á
levanta~se
un cisma en la Iglesia ,
y
á
renacer en el
Reyno
los des6rdenes que
por mas de un siglo
habia causado en
él
12 ;
el