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~EN~RAL~

42~

;t·a

.' ·

nta. Unos

dicen que de los

nueve

Car-

Sigl~

!

ena es que la componían , los cinco estu- XVI

iéron por la definicion doctrinal ,

y

los

· ~rros

quatro por la suspension del juicio.

;ea

lo

que fuere , Paulo V mandó

v~nir

á

1

os Generales de

las

dos Ordenes ,

y

les en–

Ti6

un

Decreto, cuyo contenido era que los

:onsultores

y

los disputantes podian retirar–

;e; que

él publicaria

su

de·cision ,

quando

lo tuviese

por conveniente ; que entretanto

se prohibia

á

las partes el desacreditarse

6

censurarse recíprocamente

tratando

de pala–

•bra

Ó

por

escrito las

qüestiones que se

hl·

bia~

examinado en las juntas'

y

que los su-

·periores velasen

sobre

el

cumplitniento

in–

violable de ·este Decreto,

y

castigasen se

ve..

ram~pte

á

los que

'Osasen contravenir

á

él.

l

al fué el

suceso

de

estas

.fa

tnosas

con–

troversias en que

habían

entendido

dos

Pa–

pas , muchos

Cardenales,

y

un grande nú–

mero

de Teólogos ·durante

un

tan

largo

es–

pacio

de

tiempo.

Las juntas donde se han

ventilado,

se

llamáron

Congregationes

de au·

xiliiJ,

porque.

en

ellas

se

trataba

de los so–

corros

que

Dios

concede

á

los

hombres para

conducirlos

á

su salvacion. Desde que se

a

i6

la

liza se viéron entrar

en

ella de las

dos Ordenes rivales los Teólogos n1as

hábi–

les;

y

mas

exercitados

en

disputar ,

como lo

eran de

parte de

los

Dominicos

un

Diego