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87 -

apartarse sin detl'imer.t-0 de su

y sin comprometer

su salvacion.

Esta potestad del Sumo Pontifice, tan lejos

~e

halla

de oponerse

á

aquella otra potestad de jurisdiccion

episcopal ordinaria é inmediata, en virtud de la cual

;;r

~~~isf:~!~:~~º~t1':i'":; ~:~~;~:ó~~~Jes;·~;ac~~~:

tan

y

rigen como verdaderos pastores cada cual su

grey respectiva; que antes bien esta misma se baila

arraigada, robustecida y vindicada

~or

el Pastor supre-

M~fn~.~i~i"i:!;,:g~~nJt~~?1ecla

0

J~7.!!ºW1~Jv~~~t'.

Mi

Mmor

e¡¡

la

so/ddez

de la autoridad de mis

lie>'rTUJr

nos.

.Entonces

soy

vqrdaderamente

lw1wado, t>uando

no

se

nie11a

á

cada

'"'º

de elles ei

honor que Ze

es

de–

bido

(1).

De aquella suprema potestad que el Romano Pon–

tífice tiene de gobernar

á la

Iglesia universal sígnese

el derecho del mismo para comunicar libremente, en

el ejercicio de este su cargo, con los pastores y los re-

~o~n;sdt;?r1~s

1:n

1

1~

1

~~ª;¡~ ~ns~iua'.

1

e/o~et:n~~.se~:~:

donamos

y

reprobomos las opiniones de los que dicen,

due se puede lícitamente impedir esa comunicacion

q:~~:

0

suJ~f::'á'laºt~;~:ta~aa.~:itlar: ~~t~c~¡n~~n~

~t~e;~~!:~:J ~~~~~~~.

:¿

p~~~~~ f:~~~a ~ ~.1J~:e¡~~

constituciones y mandatos emanado• de la Sede Apos–

tólica ó de la autoridad de la misma para el régimen

rle

la

Iglesia.

Y

por cuanto en virtud del derecho divino del Pri–

mado apostólico, el Romano Pontífice preside

á

la

~¿~:i~u:6i•:0~~z :~r~~~

0

de

1

fo~t:\:%);yd~~::~

(1)

.Ep!stol<J

ci

Eu/ogio

Patriarca, .llleja11drino,

lib.VIII,

epist.

30.

de

~~vPt

7

~~-pa

VI, en el Breve,

super 1oliditate,

del dia 28