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-38-

prema apost6Zica, la docb·ina de f é 6 cos-bumb1·es, que

ha de profesarse por toda la Iglesia

(l).

Los que se resisten

á

creer en este dogma de

fé, claramente expresado en ln definicion antece–

dente, deben refiexionat que la prerógativa de la

infalibilidad no es sino el cumplimiento de una

promesa divina, hecha por nuestro adorable Re–

dentor

á

San Pedro,

y,

en él,

á

todos sus succeso–

res; deben considerar que el Sumo Pontífice pu–

diera responderles, como Nuestro Señor Jesucristo

á los Judíos :

si yo me gl(ffijico

á

rni rnisrno, mi glo–

riia

nada es: rni Padre es quien rne glorifica, el que

V(Jsotros deds que es mtestro Dios

(2). Porque si la

promesa divina es cierta, como no pueden negarlo,

pues admiten las sagradas Eserituras, t ampoco po–

drán negar su consecuencia, esto es, la infalibilidad

del Sumo Pontífi ce, so pena de negar la: veracidad

de Dios,

á

quien pretenden honrar cuando despojan

al succesor de Pedro de la aureola de su infalibi–

lidad.

Gnal·dando la debida distancia, que todos reco–

noeemo.s, entre Nuestro Señor

J

esueristo.

y

su Vi–

oariOi en la tierra} hay, no obstante, algo de co–

mun entre. ltl! a.dora,hle. pe:rs(i):na. del Ve:rbo, he.o1o

ho.mbre,

y

la persona venerable del Sierv-o de. los

s-iervos. de Dios· .---Este atributo conn11:n e>S,

á.

no

dudarlo, aquella potestad universal,

omnis potes–

tas,

otorgada po.r el Eterno Padre

á

su Cristo,

da-

(1)

Const. dog,IQ.

P

de

E'

ccles.ia

Chrlst1, Ca;p•.

IV.

(2) Evang. de S. Juan ,

O~

p. VIH,

v.

54.