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CONSIDERANDO

XXXIV

PROYECTO 8"

l . Que la Relijion cristiana puede subsistir sin profesion

monástica.

II.

Que la santidad de los consejos evanjélicos no inhibe al

Gobierno, de mirarlos pot· las relaciones que tienen con la so–

ciedad,

á

causa de las formas que han recibido 'de las institu–

ciones eclesiásticas.

III.

Que los votos solemnes de obediencia, pobreza y cas–

tidad no guardan armonía con el espíritu de libertad y discu–

sion, ni con el amor al trabajo y a) matrimonio, elementos con–

sen·adores de la sociedad, y de su prog1·eso racional.

IV. Que si no corresponde á Jos Gobiernos reglar las inte–

rioridades de la vida monástica, es oficio suyo protejcr los dere–

chos del hombre, prestar la mano al arrepentido, elevarle á la

dignidad de ciudadano, evitar los estravios de una equivocada

direccion, para que socolor de piedad cristiana, no se añada

alliccion a.l aAijido, ni se le ponga en el camino de la desespe–

racion.

'V.

Que los Gobiernos serian reos de vituperable indife–

Tencia, y aun de criminal complicidad, si menospreciando el be–

neficio de las luces,

y

las lecciones de la

e~perieneia,

contribu–

yera.n de su pa.rte á mantener

y

perpetuar establecimientos,

que en su mayor parte carecen de sentido, y donde se ha,n acu–

mulado capitales muertos, que la accion del Gobierno puede re–

sucitar en p1·o,•ccho ele los pueblos.

VI.

Que al dictar sus medidas él Gobierno en auxilio de

los arrepentidos, no ha de hacer violencia

á

los que digan

ha–

llarse contentos con su suerte; y debe proveer

á

la subsisten–

cia de unos

y

otros.

VII.

Que caducados los establecimientos monástiGos, sus

bienes, que no son !·a de ninguno, pertenecen por regla gene–

ral

la

N

a.cion .

DECl'tETA:

Art.

De lioi para adelante se cierran los noviciados.

Los regulares profesos que quieran esclaustrarse, se pre–

sentarán al ordinario;

y

si dentro ele _seis meses no decretare

este la csclaustracion, la dcclarari un juez civil, si estimare jus·

tos y mcion:tles Jos motÍI' OS,

~stn.ndo

á

la conciencia de los in–

lrresn

el

os.