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,,Sr. Wall en

12.

de Mayo del mismo año) ¿que providencia

~'era

la que creia se debia tomar con el citado Párroco

?

excep

~

,, ruando siempre la de estrañarle de los Reynos, porque en es–

~'

ra hallaba S. M. varios inconvenientes.

VIII

, A esta Real Orden satisfizo

el

Obispo , diciendo le

, parecia lo mejor recluir á Rábago en el Presidio de Ceura ,

á.

,,cuyo Obispo escribiria

el

suplicante cuidase de aquel sugeto,

,,á quien no babia podido reducir á verdadero camino.

IX

, Enterado S. M. de esta respuesta , se sirvió mandar al

~'Obispo

, que como Juez competente que era, y que se ha–

"' llaba convencido de los excesos de dicho Cura , le diese la sen–

'' renda solemne y formal , de que fuese al Presidio de Ceuta

~'por

el tiempo que juzgase conveniente , y que remitiese una

,,copia auténtica de ella: en

el

concepto de que con aviso suyo

~'se

darian las órdenes , que fuesen conducentes.

X

, Comunicada esta Real Orden por

el

Sr. Wall , en

2.

7

,,del mismo mes de Mayo, expuso

el

Obispo en

10

de Junio

,, siguiente , que no podia ponerla en execucion , porque aun–

'' que estaba convencido de los excesos del Cura , no se hallaba

,,el

asumo en

el

estado de resolverse difinitiva y formalmente;

,, porque ánres era necesario proceder por los trámites ordinarios

,del juicio : lo qual era dilatorio y penoso , estando

el

reo au–

'' sente , y podia producir muchas inquietudes y perjuicios trans–

"' cendentales tal vez al gobierno político; por lo qual suplicó

á

,S. M, que en la seguridad de que era cieno quamo tenia re–

" presentado , se sirviera S. M. usando de sus supremas faculta–

" des , separar á Rábago á la distancia que babia pedido , ó á la

,,que fuera de su Real agrado; pues él no podía hacer exequible

~,semejante

providencia, sin exponerla á las apelaciones y recur–

" sos regulares, que la dilataran ó inutilizasen.

XI

_,,Enterado S. M. de todo, se sirvió resolver en

2.

5 de

,Junio de

176 3,

que D. Juan Amonio Diaz de Rábago fuese

, conducido

á

la plaza de Ceuta hasta nueva órden , encargan–

'' do á su Gobernador , que se le tratase con

el

respeto

corres~

,, pondiente , y solo se le destinara en los ministerios propios de

, su carácter.

XII

,Permaneció en

el

Presidio hasta que por Real Orden,

, comunicada por

el

Sr. Marques del Campo de Villar en

2.

8

de

,, Marzo de

I

7

6

4 ,

se dignó mandar

el

Rey , que

el

Goberna–

' ' dor de Ceura dexase á Rábago en roda libertad , para que se

, , pudiese restituir á España , haciéndole saber , que se presentase

'

,a