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TRATADOSEGU~DO
de enmendarlas, que conviene por no conocedas. Otras, despues
de gran
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ra'to, qne dicen,
y
dicen no han dicho nada, ni han dado
materia al confesor para que las absuelva, por no saberse acusar.
Por lo cual parece necesario instruir á las tales personas, para que
confiesen bien,
y
con provecho.
CAPITULO II.
DE LAS CONDICIONES QUE HA DE TENER LA CONFESION PARA
SER VALIDA.
·. ta cónfesion ha de ser diligcnte,.rdadera, entera
y
penitente.
Diligente es
('1 ),
cuando el confesante se prepara con diligencia,
tomando tiempo conveniente para examinarse, pensando bien sus
pecados, con los números
y
circunstancias; porque si se vá á los
pies del confesor sin hacer esta diligencia cuando es necesaria, hará
nuevo pecado,
y
perderá el fruto de la confesion si el confesor no la
suple,
y
debe acusarse de tal defecto el confesante.
'\' erdadera es, la que no exagera ni disminuye las culpas, min–
tiendo en cosa grave, sino que derrama como agua el corazon ante
el
t.livino acatamiento de Dios, en número, peso
y
medida, sin que
quede colo1·, sabor ni olor de las culpas, cual queda si se <lice el
pecat.loy
no la ocasion ; si se calla el número ó el tiempo que duró
Ja mala amistad) ó la enemistad, ó la ilícita pretcnsion, si no se
esplica la infamia del prójimo, del mal ejemplo ó escándalo que se
le dió.
·
Entera es, cuando se dicen todos los pecados, siu encubrir de
propósito alguna cosa <111e
~ea
ofensa de Dios en cosa grave, sa–
biendo
el
co11l'esa11tc 'lue lo es,
ó
tenicn<lo duda si lo es, porque
tar11bien ha de 1lecir lo
tpt ~
duda, sino es escrnpulosu.
Peniteute es, cnando el que se confiesa ticue verdadero dolor
de haber ofendido
:í
Dios,
y
propósito firme de salir del pecado en
que
.est;í,
y
de liaccr lo q11e el conl'csor le ordenare para bien de
(1 ) D.
Tlit1111.
d. i7 .
io 1·1pusil.
lill era.