PRACTICO.
(2,"2,'9
ucrtas, viñas, &c. repal:tiendo
á
cada <;:osa
lo
que respeéto de .. su fru:–
;to pueda tragar en cada uno .;
y
sa–
cando en cada Provincia, ae tieln..
po
en tielnpo,
las
relaciones-neé.e–
'sarias para regular su diferencia de
'valores, por las variedades precisas
.de hacerse prados lo que ha sido
la–
.borable,
ó
al contrario,
&c
:,ó
per-
sonales; esto es ,lo que cada hOln–
.bre de los que no tienen exeu1pcio..
nes de tributo personal, deba pagar
.pot su persona, regulandol0
al
pe~
.queno fruto, que con ella saca de
la R epública:
ó
sobre la industria;
\ esto es, sobre lüs tratos,
y
C0111er–
cios de los h0111bres ,. en
que
se de–
ben in1poner las cargas, con la con–
\ s ideracion de aligerarlas
a
los natu...
rales,
en
tal ll1anera, que se les es–
\ tin1úle
al
cOlnercio,
y
en que se de-
ben
gra
v\ á'r
los
extraños, de
forn1a~
que se 1 s despeche de él, Yvenga
r ~
p
3
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