PRACTICO.
2,
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·ca han descaecido todo aquello,
<}ue la, 1110neda tiene 111enos valor
llel que se le havia supuesto. Por:–
'que siendo el valor intrinseco del ,
,·oro,
y
de la plata la regla general
-de todo cOluercio, y ·no haviendo
:medio justo, ni aun praéticable,
C011
~ue
el Princjpe
i
ni otro
algÚtlO
pue-
da' sacarle de -la bolsa agena, ni los
-generas, que sobre su regul acion se
venden,
y
le S0n necesarios
ti
tod~
vi,viente ; se vé con evidencia, que el
crecinliento de nl0neda ; en que se
' consideró el del caudal público, viene
I
ser puraúlente ,quünerico,
é
insubs...
tancial,
resultan'~o
al Principe lnayo–
·res daños
~llin! ,.
'lije
á
los,particular
'res; porque c'onslstiendo sus rentas,
nq en tratos, ten _que ,se
r~gúla ,
el
valor.intrins.eco de' las nl0nedas
po~
l'os' que los _hacen ', sino en contri–
Juiiones pagaderas en la usual, vie–
tt!
:á.
-perd~~ ~n
ellas todo
lo ,
que
.
\
fu~
. I