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2,2,8

EL

HOMBltE

qualesquier tributos, es infalib ,

que el ahorro de cobradores es otro

tanto aU111ento de la renta,

y

un

grande alivio para los que la han

de

pagar: con que no havrá duda en.

que nunca se deben enlplear quatro

hOll1bres en aquello, que uno sol

bastaria

á

recoger. Otra de las

C011-

I

sideraciones generales, que sobre

est'o debemos hacer, es, que todos

aquellos tributos, que

int,:rrunlpen~

ó

gravan el cOl11.ercio de los

h0111-

bres , ni pueden ser pernlanentes ,

ni

utiles para los Pueblos,

y

causa

pú–

blica. Debajo de cuyos supuesto

podemos considerar todo genero de'

tributos reducidos

á

estas tres cla–

ses:

ó

reales; estos son los que se:

cargaren sobre cosas reales,

omo

las ti erras, en que se pue e cons '

derar un nUluero de renta propor '

cionada sobre cada ll1edida de 1

de labor

'1

de dehesa, de

)