2,2,8
EL
HOMBltE
qualesquier tributos, es infalib ,
que el ahorro de cobradores es otro
tanto aU111ento de la renta,
y
un
grande alivio para los que la han
de
pagar: con que no havrá duda en.
que nunca se deben enlplear quatro
hOll1bres en aquello, que uno sol
bastaria
á
recoger. Otra de las
C011-
I
sideraciones generales, que sobre
est'o debemos hacer, es, que todos
aquellos tributos, que
int,:rrunlpen~
ó
gravan el cOl11.ercio de los
h0111-
bres , ni pueden ser pernlanentes ,
ni
utiles para los Pueblos,
y
causa
pú–
blica. Debajo de cuyos supuesto
podemos considerar todo genero de'
tributos reducidos
á
estas tres cla–
ses:
ó
reales; estos son los que se:
cargaren sobre cosas reales,
omo
las ti erras, en que se pue e cons '
derar un nUluero de renta propor '
cionada sobre cada ll1edida de 1
de labor
'1
de dehesa, de
)