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do
d
Vifüadot de ella Don Francifco Neíl:arix
reconocido la cortedad de los derechos ,
y
copio–
fos gaftos , y mermas del Meréader,
y
tratando de
caíl:igar los cxcdfos, que
fe
avian cometido en la
labor de la Moneda
,
y
que ajuíl:ada la materia
a
la rcíl:irncion del precepto, fahan los Mercaderes
perdidos,
y
que por cfta caufa
fe
retiraron del exer–
cicio ,
fuf
pendiendofe la labor, de que pendia
el
trafico univerfal de
efte,
y
aquel Reyno :
y
2.E!e–
miado
de la
Caufa publica, refolvio difpenfar feis
granos mas de cobre en cada marco, en cómraVC'ii–
cion de la
Ley~
que valen üñfeal
~y
med10
,
en
qu~~de;ó
la ganancia precifa
·de
los Mercaderes:
.
y~
aviend9
info~do
a
V. Mag.
.fe
le reprobo,
mandando
fe
fundieífe toda,
y
a~onarlé\ e~
fu
eíla–
blecimien_!o ,
y
que
le~ ~uda-ífe
por otro medio,
fjngravar la Haciend!_Real: Por lo qual refolvio
txhonerar
a
los Mercaderes de medio real en cada
marco de
los
derechos de Oficiales, que prorratea–
dos,
toco
a
los Capataces un maravedí,
y
un q.uar–
to
,
ya
todos ellos reintegro efta r.ebaxa; fatisfa–
dendola de contado de efeétos de Vifica, que ya
era
Hadcnda Real, por los comiífos, computando ºlos
redicos
al
principal, como
fi
fuera redencion d·e
Cenfo : con que aunque mudo la forma, en. fuftan-.
· cia no
les
quito nada
a
los Capataces, por conocer
piden precifamentc , fin difpenfacion alguna,
la
pa–
ga de
CI
,
y quien cargo
la
perdida fue la Real Ha..
cienda,
que
para llenar
el
real ,
y
medio de ganan-–
cia del Mercader, excluyo
el
derecho .de Cobos,
que monta en <;ada marco un real, y
el
medio de los
comiífos,
teni~ndo
efte por menot da·ño, que def–
pojar
a
los Oficiales de fus juftos derechos :
y
que
avicndolo reprefentado
a
V. Mag.
fe
dio por bien
fervido de efta refolucion.
'2'29
~e
ya tenían los Capataces
de
Lima un Fol.
3
'22.
ma-.