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'
...
fe
a~i~n
cte ·llevat
a
labtaf
al
Potofi,
en
com.perÍfa-
.:
cion de
la
rebaxa :
lo
que no
fe
ha
.cumplido,
y
era
mala confequencia
negarles
el
carbon;
porque
fi
fe
vendía
el
ofü;io de
Teforcro,,
alegaría
el
com–
prador no eíl:aba obligado
a
cíl:a contribucion,
y
aplicaria
a
miiidad fuya
el
fudor,
y
trabajo
de
lo~
Capataces,
con:rra la
Ley
que fe les
da a
dlos
p~
mano'
dd otro,
a
quien
nunca
pertenecen, pues en \
los coíl:os
de
la
labor fe
le
carga
al
Mercader
de pla-.
ra,
incluidos en
los
derechos
que
el
Teforero perci.
be:
y
que
G
(e
r.efponde, que
en
la _venra
fe
capitu..:
laria
dla
obligacion ,
ralia
por
incidenci~
el
jufto
derecho de
los Capataces: por
cuyos motivos,
y
la
pobreza
a
que
eílan
reducidos, por las pocas fundi–
ciones
que
fe
han
folido
hacer, concluyo:
Diciendo,
fe les
podrian
dar
las
52.
arrobas
y
media de car–
bon ,
que para. cada
Crafada
de 3
g500.
marcos
pe·
dian , defde
el
dia
de la
_Demanda :
y
por
lo
qué
miraba
a
lo ' demas
que
pedian,
fobre
que
fe
ce•
tendidfe defde que eran Capataces,
lo
dexaba
a1
l·
Fol. 33
2.
B.
foperiór
arbitrio~
·
l
-
22.
de Oélubre de
1694.
·
: 243
El Fifcal,
vifl:os
los Autos,
e
Infotme
an..:
te<::ed~nte, d~xo
le parecia, que folo
debía
ten
t
h:1gar
la cot1rcefsion del
tarbon
defde
el
dia
que
el
Vii-rey -lo
deceiminaffe;
porque
a
viendo
em:rado -
los
Ca,pataces
~
fer·vir ,
fus oficios
fin· la dicha
·cali–
dad > 1ú~
fujetarnn
a
ella .,
y
no
podian
repetir
lo
que
avian
~eXad~ ~e
percibir > fin
ernbargq
de
eft~r
la
L~yy~praét1~a·.~el
Potofi
a
fu favor.
-
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4.deFebrerode695;
,
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..
2·44
· .
Los :capataces bol
vierbn
a
infifl:ir
eh
fü
ptetenfio~
l
1aíiadiendo, que no
fe
rcgulan ''fus ofi..
c1os vendibles, ni de ,provifion de V.Mag. fino
dd
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J.