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Gue fe

deíea

á

'los

fantós

re~omendabr.e·s fi~e.s d~

la

Concefsion. · · ·

.De

el

Reglarflento, que

fobr~_

eílo-

h1c1ere1s;

y

que

comp.rehen–

da

todos

Jos Individuos, que huvie·tfen

-d~

emplearte en

los

Ob1fpados

de los

'"f

erritorios

de

laJ

urifdicci·on

.de

eíTe

Virrey

nato,

me .daréis

cu–

enta, para

obtener

~i

aprobacio11 .,; pe_ro

.fin _dexar.

de

ponerle

qefde

Juego ,en

pra&ic~J,

a

.fin que

00

firvaA

fin

faJatIOS,

01

ayt;Jdas

de

cofia,

Jos Gue

las hu vieren de

go-zar,

reípeéto

de

q-ae efio no

o_bfia, parn

c¡ue

- en mi Reíoll:lcien fe aprtiebe, 6 m0dere

·-lo

que Y o

tuv1er_e

por

con~

ven1ente.

.

Las

Bulas.,

f]lle

de

cíl:os

lle1;·no~

-re ·remifiere_n

para

elfos

de

In–

dias,

iran

dirigidas

por

el Comiflario

General

a

los

Sub-De~egados

ref–

peét:ivos,

á

g~ienes ~ranihera

f-ss

factllta-des.,

fegun

la

pr·efente

dif-

poficioo.

_ .·

_

_

~

.

.

....

.

l..1uego que en

ellos

'fe

treciban, le hande

etftrega'r,

por

diípofic1on

de los mitmos

Sub-

Delegados,

y

d-e

los

.~re·fidentes,

y

Governadores,

cada u no

ea

f

l:l

diíl rito·,

y

ju_ri

(dici:ion.,

'<Í

hande

tornar

noticia,

y

con

o–

cim ien to de las gue fon, al

ihe·forero

Oficial Real cle l·as Caxas de

mi

ReJI Hazienda-,

fi

Jas hu viere

'en

el

diílríco~

y

de

no,

de las

que

eílén

mas

i1nmediatas,

con

interven-don

del

Contador

Oficial

Re3l

de eJla.s,

expreíidndoC-e el

numero·,

.c:iae de

"cada

~Ja~~

·fe

te

e'rnregáre :

y

hechq

eílo con Ja conveniente

formalidad,~

fe

difpondra,

y

procedera

a

la

Pu–

blicacion,

y

Predi·cacion de

la

Santa Bula

en

la forma a'Coílumbrada,

fiJl

1

a alterae

i

o o en

el

todo, ni en la. parre

p

r

i

n

e

i

p

a

J,

q

ue

n?

i

ra

a

1a

el

ara

i

n–

t

e 1

i

ge

ocia, que deben tener

I·os

Fieles;

gue reciben la

Santa

Bul~,

de

las

Indulgencias,

y

derpas

Gracfas-,

<iUe

por

ella

Í'e

l'es

concede,

y

de

los

fantos,

y

piadofos

fines,

a

que fe

apiica

fu

produt to,

reglado

en

cedo

a

la

mente

de

fu Santidad..

-

Al

Theforero

Diocefanó

(e

hade

h~cer

óportunamente

la

enrre-

g3

de todas Jas Bulas de-

\;ivos~

y

Difi1nr_os,

que

(e

hayan

recibido

pn–

ra

el

coníurno

de Ja Diocelis,

ccn

preciffil intervencion

del

Contador

Oficial Real de las

Caxas

refpeétívas, que

h~de

hacer

el

cargo

necef~

fario

al

Therore!iJ

Oioceíano

el

nutnero

de Bufas,

que recibe

por

cla–

fes~

'para la caenca, que

á

fu tiempo hade

preíeiuarle

de tu

produél:o,é

ingre!To

de

el

en

las mifrnas Ca}{as.

· El 'f'heforero Diocefano hade tener

bb1igacion

de

f

olicítar en

· tie1npo oportuno

los

Defpachos,

y

Ordenes

t:orreípondientes

del Sub–

Ddegado para Jos Curas

Parro~hos,

Doét:rint::_í os,

ó

demas perfonas

.

E~le~aíl:icas,

<iUe

71

dicho Sub-Delegado

~uvieífe

diputadas

para

Ja

Pu~

bl1cac1on,

.y

Predlcacion

particular de la Santa Bula en cada Pueblo. _

' . _A

eílo~ . D~ípaclios

ª'?ºrnpañarels

V05 Otro

circ~lar,

dirigido

a

las

J

uíl1c1a?

d~l

d1ar_1to

de

vuellra

fu

per-1

n

cendencia

General,

pµra gue re–

ciban las Bulas, que {e les remitan,

y

las

repartan

en los Pueblos de fu

JU·