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NoUBRAMIENTO DE JEFES POLÍTICOS; DESARME
Y
LICENCIAi\UENTO
DE
LAS FUERZAS
CONTENOENTES
e
Ministerio de Gobierno:
Montevideo, Abril 9 de 18
i
2
DECRETO:
>
El Presidente del Senado en ejercicio del P. E. acuerda
y
decreta:
>
Art.
1
º
N
ombráse los J efes políticos:
Del departamento de Tacuarembó, al ciudadano D. Carlos R eíles;
Del departamento del Salto, al Teniente coronel D . Eugenio Fonda;
Del departamento de Paysandú, al ciudadano D . Eduardo Mac-E achen;
D el departamento de Soriano, al ciudadano D. J acin to Figueroa;
Del departamento del Durázno, al coronel D . Doroteo Enciso;
Del departamento de San J osé, al ciudadano D . R emigio Castellanos;
Del departamento de la Colonia, al ciudadano D . José Miguel Neves;
Del departamento de la Florida, al ciudadano D : Francisco Silva, (padre)
Del departamento de Canelones, al ciudadano D. P edro Lorenzo Goldaraz ;
Del departamento de Minas,
al
ciudadano D. Pedro
L.
Silva;
Del departamento de Maldonado, al ciudadano D . Honorio Fajardo;
Del departamento de Cerro L argo, al ciudadano D . José G. Palomeque.
Del departamento de la Capital, al coronel D. Manuel Pagola.
>
Comuníquese, publíquese
y
dése
al
L.
C.
GOMENZORO.
EMETERIO REGÚNAGA.
e
Minisürio
de
Guerra
y
Marina.
DECRETO
>
Montevideo, Abril 24 de 1872.
• H abiendo cesado las causas que dieron mér ito á la creacion de las seccio–
nes militares en campaña, y
estando nombrados los J efes Políticos de los
Departamentos,
como lo dispone la Convencion de paz firmada el 6 del cor–
riente, el Presidente del Senado en ejercicio del Poder Ejecutivo acuerda y
decreta:
>
Art.
1•
Cesan las secciones militares en campaña, creadas por decreto
fecha
20
de Mayo ppdo.
>
Art.
2º
Las fuerzas
al
cargo de estas pasarán
al
de los J efes Polilicos de
sus respectivos Deparlamentos
á
los fines acordados.
• Art. 3º Comuníquese, publíquese y dése
al L.
C.
GOMENZORO.
J UAN P. REBOLLO.